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martes, 29 de octubre de 2024

PODCAST: ¿QUÉ ES… EL DISCURSO DE ODIO ONLINE? Octubre 2024

 

En nuestro décimo podcast, vamos a tratar de analizar las causas y elementos de un fenómeno, que lejos de frenarse, preocupa cada vez más, por su expansión exponencial a través de las redes sociales. Por este motivo, es una problemática que nos afecta a todos y todas, y que por la misma razón, requiere de la responsabilidad individual para combatirlo.

Si quieres sumarte a nuestra apuesta, quédate a descubrir ¿QUÉ ES…EL DISCURSO DE ODIO ONLINE? Esta iniciativa forma parte del programa “SENSIBILIZACIÓN Y MATERIALES CONTRA EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LOS DELITOS DE ODIO” subvencionado por la Dirección general de Atención Humanitaria e inclusión social de la inmigración de la Secretaría de Estado de Migraciones.

Escuchar aquí



miércoles, 9 de octubre de 2024

Multa de 60.000 euros para un aficionado que profirió insultos racistas contra Vinícius en redes sociales

Libertad Digital.- La Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte ha acordado este martes proponer una sanción «muy grave» de 60.001 euros a un aficionado identificado como autor de la «difusión reiterada de numerosos insultos de carácter racista e imágenes del mismo cariz» contra Vinícius Jr., delantero brasileño del Real Madrid, a través de su perfil en la red social X.

Además, el individuo también tendrá prohibido el acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años. Antiviolencia ha acordado remitir los hechos a la Fiscalía por si fuesen «constitutivos de un delito de odio».

Igualmente, la Comisión propone otra multa de 60.001 euros y prohibición de acceso a los recintos deportivos por un periodo de dos años a un aficionado identificado en el interior de San Mamés durante el Athletic Club-Valencia que tenía en vigor una prohibición de acceso a los recintos deportivos por dos años. El individuo cuenta en su haber con tres sanciones por hechos similares en la temporada anterior.

Entre otras propuestas de sanción se encuentran una de 50.000 euros al Deportivo Alavés por su apoyo a la peña Iraultza 1921 a través de la página web del club, además de constatarse «la existencia de numerosas referencias a la misma peña en numerosos murales y grafitis que rodean el estadio de Mendizorroza». Miembros de Iraultza han cometido «infracciones tipificadas en la Ley 19/2007, habiendo sido advertido el club de la prohibición de cualquier favorecimiento, por acción u omisión, que supusiese una medida de apoyo o promoción de dicho grupo.


lunes, 2 de septiembre de 2024

DESINFORMACIÓN Y DISCURSO DE ODIO. CONTRA EL ANONIMATO EN REDES SOCIALES

Tras la tragedia criminal que acabó con la vida del niño Mateo, en Mocejón (Toledo), se ha generado un debate  sobre la  desinformación y el discurso de odio  vertido en Redes Sociales e Internet.  Hubo mensajes  que afectan directamente a la familia de la víctima y a colectivos inmigrantes señalados en ellos. Movimiento contra la Intolerancia anunció que para combatir el discurso de odio  reclama poner fin al anonimato en las redes e internet, apoyando la propuesta del Fiscal de Sala Coordinador contra los Delitos de Odio y Discriminación.

No es un debate nuevo y sencillo. A su complejidad jurídica hay que añadir controversias  sociales, económicas, culturales y sobre todo políticas, ademas del enmarañamiento por confusión en términos de lenguaje y conceptos,  proyectándose un mas difícil todavía por los númerosos conflictos de interés en los que no entrare, de momento, con múltiples dimensiones en un mundo globalizado e hiperconectado.

La transformación digital hace posible un gran hackeo mental mediante la desinformación,  instrumento de  polarización que imposibilita equilibrios, consensos y soluciones razonables, permite  dañar conquistas  históricas de convivencia, animar confrontaciones identitarias contra el principio de ciudadanía o sencillamente obtener réditos políticos. Las noticias falsas (fake news),  tienen gran protagonismo en internet y  redes , utilizándose en la construcción de relatos, en mecanismos desinformativos, bulos, en la perversión de la realidad y falsedad informativa u otras construcciones de la pos-verdad y desarrollos emocionales contrarios a la razón y a la conciencia.

En juego están lo principios y valores humanistas, democráticos, recogidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), tras las dos Guerras Mundiales y el Holocausto. Todas las tragedias, vinieron precedidas de desinformación y discurso de odio, aunque  esos  conceptos no se utilizaran en aquellos tiempos. La desinformación es uno de los alimentos de toda forma de intolerancia y el discurso de odio una de sus manifestaciones. Su uso precede a la acción, cuando menos es un peligro potencial y un daño a la dignidad humana.  Hoy esta praxis desborda  escenarios con las nuevas tecnologías de la Información y Comunicación.

Poner fin al anonimato en Internet y en las Redes Sociales, siendo una medida parcial resulta imprescindible Es una antigua y persistente reivindicación de Movimiento contra la Intolerancia que data de finales de los años 90, cuando vimos que el anonimato en numerosos Foros de Medios Digitales, permitían que  grupos de odio obtuvieron impunidad para difundir mensajes con objeto de dañar los derechos fundamentales de aquellas personas y colectivos sociales, religiosos o políticos, situados como sus “objetivos de ataque”, así como a cualquiera  por su relación con estos colectivos.

Desde la perspectiva de la víctima así como para la protección de la convivencia democrática, hemos denunciado el discurso de odio porque  es un delito en sí mismo como establece el Código Penal en su art.510 , o bien porque  no llegando a serlo, puede ser una infracción administrativa al crear un clima de intolerancia. Precede al delito,  lo alimenta e incluso lo incrementa, en especial en  redes sociales.Y  se requiere congruencia en su interpretación y un lenguaje con perfil científico, siempre en sintonía con los derechos humanos y con el máximo respeto a las libertades fundamentales  que no son infinitas, tienen límites,  porque la libertad de expresión no debe suponer libertad e impunidad para la agresión.

El punto de partida desde nuestra realidad jurídica que necesariamente hay que mejorar, como evidencian sus deficiencias, debe evitar los sesgos políticos, religiosos, identitarios o de cualquier otra naturaleza y situarse en el único punto posible “Todos los seres humanos nacemos libre e iguales en dignidad y derechos..” (Art. 1 DUDH). Y también exige a toda persona  interpretar estas libertades  sujetas a “..las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. (Art. 29 DUDH )

En consecuencia, es preciso  ser congruente y actuar de forma integral contra toda manifestación intolerancia y su discurso de odio subsiguiente.  No tiene sentido democráticoestar contra el racismo y aceptar el antisemitismo, como tampoco rechazar la xenofobia y aceptar la hispanofobia, ni  rechazar la homofobia y aceptar la misoginia, o viceversa y así hasta describir el infinito poliedro de intolerancia que también ataca la libertad religiosa, cultural, y tantas otras libertades, pero sin abrir la puerta a integrismos y a violaciones de derechos humanos. No vale mirar en una sola dirección ante problema, ni aceptar un “todos contra todos”

Contra la desinformación, sea de cualquier signo

La desinformación, sea del signo político, identitario, religioso o ideológico que sea, es inmoral y un arma de destrucción de la convivencia y de la cohesión social; liquida la verdad y su realidad poliédrica, además de ser un instrumento estratégico de quienes promueven la perversión de la democracia y   el extremismo como se observa en todos los países. Siempre  hubo estas prácticas pero no con el actual desarrollo exponencial, sea con rumores, noticias falsas, imágenes manipuladas, canciones, humor, videoclips…en multitud de soportes se desinforma, se enfrenta, se daña al prójimo, se amenaza, se acosa, se cancela el pensamiento crítico, se atenta a la dignidad, en incluso se provocan agresiones y suicidios,  todo amplificado en internet y redes sociales donde  aparecen esos contenidos  malignos a  ritmo vertiginoso,  facilitados por la impunidad del daño por el anonimato que hace difícil la trazabilidad de rastreo de identificación de su autoría.

Proporcionar a terceros informaciones erróneas llevándoles a cometer actos colectivos o a difundir opiniones que correspondan a las intenciones desinformadoras, incluso realizar una omisión voluntaria, entre otras técnicas desinformativas, viene a estar a la orden del día en las redes  e internet. “Podemos decir que la desinformación surge cuando la información cesa de ser un fin en sí para subordinarse a los objetivos de situación conflictiva”, confirma María Fraguas,  y establece un concepto de alcance científico: Llamaremos desinformación a la acción del emisor que procede al ensamblaje de los signos con la intención de disminuir, suprimir o imposibilitar la correlación entre la representación del receptor y la realidad del original.

Podríamos preguntar a dirigentes políticos, también a los medios y a todo el que tenga  “capacidad de desinformar”, sobre constancias de utilizaciones de  mentiras y  omisiones, u otros mecanismos inductivos desinformativos en mensajes, usando la analogía y la metáfora, los tropos, el tono y el rumor, señalando los vocablos, las extensiones y reducciones y transferencias semánticas, los binomios antitéticos,  eufemismos y la frase como técnica de desinformación, junto a la fabricación de hechos, la manipulación sucesos, las medias verdadesen definitiva, como se construye opacidad e ignorancia, sin olvidar el papel que puede jugar la persuasión y la seducción, el doble lenguaje en la construcción de un relato desinformativos. Todo puede alimentar el discurso de odio.

El Discurso de Odio siempre es reprochable.

El Discurso de Odio podrá ser o no un delito o una infracción administrativa, pero siempre será éticamente reprochable. La desinformación junto a la anomia moral, las doctrinas e ideologías de odio, el falso conocimiento, entre otros elementos, configuran un detritus de intolerancia en el que se nace y crece el discurso de odio. Aunque no todo es punible, ni sancionable, pero si merecedor  de repudio y reproche social,  frente al que nos tenemos que proteger mediante dos elementos esenciales: la educación cívica y el establecimiento de límites sancionadores, sea en el ámbito administrativo con la Ley de Igualdad de Trato y No Discriminación, actualmente “missing”, o con el Código Penal como establecen el art. 510, 173 u otros.

La Resolución (20) de 1997 del Consejo de Europa definió el Discurso de Odio como aquel  que “abarca todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras las formas de odio basadas en la intolerancia, incluida la intolerancia expresada por agresivo nacionalismo y el etno­centrismo, la discriminación y la hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y las personas de origen inmigrante”,

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en su sentencia  de julio de 2018se refirió a la Prueba Umbral y al  plan de acción de la ONU contra el discurso de odio (2019) definido  como: “cualquier forma de comunicación de palabra, por escrito o a través del comportamiento, que sea un ataque o utilice lenguaje peyorativo o discriminatorio en relación con una persona o un grupo sobre la base de quiénes son o, en otras palabras, en razón de su religión, origen étnico, nacionalidad, raza, color, ascendencia, género u otro factor de identidad.  El TEDH añadió  que “en muchos casos, el discurso de odio tiene raíces en la intolerancia y el odio, o los genera y en ciertos contextos, puede ser degradante y divisivo”.

Hay formas de expresión, mensajes odiosos que ofenden, perturban o trastornan  pero que por sí mismas, no constituyen delito de discurso de odio. Este delito debe servir para proteger a las personas y grupos sociales atacados por motivo de intolerancia, sin embargo hay  gran ignorancia al respecto y se confunde  lo que es punible y no punible, al manifestar que todo es “odio”. Falta rigor en el abordaje del problema, incluso seguir las indicaciones de la ONU en cuanto a la Prueba Umbral sobre el discurso de odio que requiere fijarse en seis elementos a tener en cuenta: el contexto social y político; el rol del orador la intención de incitar a la audiencia contra un grupo objetivo; el contenido y la forma del discurso; la extensión de su diseminación y la probabilidad de daño, incluida la inminencia del mismo.

Sin embargo el “anonimato” en las Redes Sociales e Internet, contrario a la responsabilidad cívica que debe requerirse a toda persona en una sociedad democrática, dificulta su erradicación. La protección de los derechos humanos exige que la impunidad  no deba de ser facilitada por las Plataformas de las Redes, cuyo fracaso con el planteamiento de autorregulación y los “Trusdted Flager”(organizaciones reconocidas como Comunicantes Fiables) es palmario.

Este proceso contra el anonimato ha de realizarse siendo conscientes de los límites de otras jurisdicciones internacionales y velando para que las restricciones al discurso de odio no se empleen para silenciar a las minorías, ni para reprimir la crítica a las políticas oficiales, a la oposición política o a cualquier discurso critico realizable en una sociedad democrática y en general a la opinión diversa, a la  libertad de pensamiento y comunicación,

Es preciso limitar la accesibilidad a redes a sancionados por discurso de odio, garantizando su no reiteración, y evitar todo apoyo publico a aquellas organizaciones que usen el discurso de odio y  prohibir todas aquellas que lo hacen con objeto de incitar a la comisión de actos de violencia, intimidación, hostilidad o discriminación contra las personas a las que van dirigidas o pueda razonablemente esperarse que produzcan tales efectos.

Finalmente para este requerido debate, hay que  destacar el papel de la educación  frente a la desinformación y el discurso de odio; acabar con prejuicios, creencias erróneas y  falsedades que constituyen la base de esta praxis ignominiosa que infecta transversalmente la sociedad y daña especialmente a adolescentes y  jóvenes resulta esencial.  Lprohibición penal, siendo necesaria,no es suficiente por sí sola para erradicar el discurso de odio y no siempre es el mecanismo idóneo. Como dijo  Jacques Delors, la “educación encierra un tesoro”, pero no el adoctrinamiento, añado, porque  eso también es parte del problema..

Esteban Ibarra

Presidente de Movimiento contra la Intolerancia y

SºGral. del Consejo de Víctimas de Delitos de Odio

domingo, 30 de junio de 2024

Día de las Redes Sociales

 


El Día de las Redes Sociales, se celebra el 30 de junio de cada año.

 Su objetivo primordial es que las redes sociales sean una herramienta que  permita a la población mundial una mayor y mejor comunicación, así como un medio para mantenerse informado, utilizando una plataforma globalizada como es Internet.

El discurso de odio en España se desarrolla especialmente en redes sociales e Internet y se agudiza especialmente en momentos de crisis de fronteras y de polarización política. Las redes sociales, convertidas en grandes protagonistas, albergan una gran cantidad de mensajes relacionados con el discurso de odio, especialmente de naturaleza xenófoba, racista y de odio ideológico, también de homo/transfobia, antisemitismo, hispanofobia, antigitanismo,  misoginia, y otras formas intolerancia.

La comunicación debe estar libre de discurso de odio e intolerancia, porque estamos convencidos de que “el discurso precede a la acción”.

El debate sobre el discurso de odio en las Redes e Internet ha de ser abordado y no podemos olvidar que: “libertad de expresión, no es libertad de agresión”.

Si detectas discurso de odio en redes sociales, no dudes en enviarlo a: denunciamci@gmail.com  o llama al 676 476 831.


viernes, 17 de noviembre de 2023

¿Por qué somos cada vez más intolerantes? El veneno de las redes y la bronca política prenden el odio

Fuente: El Periódico de España

La tolerancia, según la define la Unesco, es respetar, aceptar y apreciar la diversidad humana, ya sea cultural, religiosa, sexual o política. A escala internacional, España, Irlanda y Portugal son los países que mejor salen parados en tolerancia, una enorme virtud que hoy celebra su día internacional. A pesar de eso, los datos apuntan a que los españoles son cada vez más intransigentes, una actitud poliédrica que deriva en conductas de discriminación, segregación, hostilidad, incitación al odio y estigmatización. ¿Por qué?

“Hemos normalizado la intolerancia y la violencia contra el otro. El núcleo duro de la intolerancia es negar la dignidad de la persona”, explica Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia. El activista, que lleva más de 30 en años defendiendo el respeto a los derechos humanos, añade que los factores que explican el actual incremento de la intransigencia son las redes sociales (y el "veneno" que expanden de la mano de la jauría de odiadores digitales) así como la polarización de la política, que deriva en un lenguaje peligroso y un mal ejemplo para toda la sociedad.

En 2022, la policía investigó 1.869 infracciones penales e incidentes de odio en toda España, lo que supone un incremento del 3,7% respecto a 2021, según la estadística del Ministerio del Interior. Los delitos de odio por racismo y xenofobia fueron los más numerosos (43%), seguidos de los relativos a la orientación sexual e identidad de género y los de ideología. Euskadi, Catalunya, Madrid y Andalucía encabezan la lista de estos delitos, en los que se llevaron a cabo lesiones, amenazas, injurias y daños.

El discurso del odio se basa en el desprecio y la animadversión hacia personas o colectivos. Por contra, la Unesco define la tolerancia como “la actitud activa de reconocimiento de los derechos humanos universales y las libertades fundamentales de los demás”. La tolerancia significa que toda persona es libre de adherirse a sus propias convicciones y acepta que los demás se adhieran a las suyas.

“Hemos normalizado la intolerancia y la violencia contra el otro. El núcleo duro de la intolerancia es negar la dignidad de la persona”

Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia

"ESFERA POLÍTICA MACARRA"

Dado el altavoz mediático del que gozan los políticos y la polarización de las instituciones, Ibarra les pide que abandonen la esfera “macarra” en la que se han metido y dejen de usar un lenguaje que invita a la intolerancia. “Criticar y disentir es perfecto, pero siempre con respeto y dignidad”, defiende tras dejar claro que cuanto más radical es una persona más discurso de odio lanza. Ibarra no solo critica a la extrema derecha y los recientes escraches en la sede del PSOE sino también al resto del abanico político. “Pablo Echenique (exdiputado y militante de Podemos) tiene una boca muy peligrosa. Dice cosas y expresiones que no ayudan al acuerdo. La tolerancia es el camino hacia el pacto”. “Puedes estar en contra de la ideología de una persona, pero no de su dignidad. Yo estoy en contra de la ideología de Vox, pero no de la dignidad de Santiago Abascal”, concluye.

Claves para combatir el discurso de odio en las redes sociales

El presidente de Movimiento contra la Intolerancia pide a los políticos que usen correctamente la palabra tolerancia. “Muchos políticos dicen, por ejemplo, ‘tolerancia cero con las agresiones machistas’. Pero se equivocan. Confunden tolerancia con permisividad. No hay tolerancia uno, ni dos, ni tres. La tolerancia no permite la intolerancia”, recuerda el activista.

LA EDUCACIÓN, LA BASE DE TODO

Además de corregir "la faceta macarra" de muchos dirigentes políticos, revertir la intolerancia pasa por aumentar la educación. Los técnicos de Movimiento contra la Intolerancia visitan cada años unos 1.500 colegios para ofrecer charlas y se percatan de que “algo falla” para que se haya normalizado la violencia contra el otro. No solo eso sino que la existencia de grupos violentos y jóvenes que hacen gala de sexismo o misoginia demuestran que la tolerancia sigue siendo una asignatura pendiente de la educación en las aulas y en los hogares. “Estamos incumpliendo el mandato internacional de educar para la tolerancia. Muchos consideran que es algo religioso, cuando de lo que hablamos es de una virtud cívica. Pero no se está enseñando en las aulas”.

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jueves, 5 de octubre de 2023

𝗖𝘂𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗜𝗻𝘁𝗲𝗿𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗖𝗶𝗯𝗲𝗿𝗼𝗱𝗶𝗼

ℹ️ Movimiento contra la Intolerancia ha organizado, junto a nuestros socios de International Network Against Cyber Hate - INACH, la primera 𝗖𝘂𝗺𝗯𝗿𝗲 𝗜𝗻𝘁𝗲𝗿𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗻𝘁𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗖𝗶𝗯𝗲𝗿𝗼𝗱𝗶𝗼. Debatiendo con gigantes de la industria como Google, Meta, X, Tik Tok, junto a ONGs de Europa, Israel y Rusia e instituciones públicas como la Comisión Europea, el Gobierno de España y el Consejo de Europa sobre cómo poner freno a la amenaza que supone la ponderación del Discurso de Odio.
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viernes, 7 de julio de 2023

¡Muévete y Denuncia! Episodio 6: Contra el Discurso de Odio Online

 

🎙MUÉVETE Y DENUNCIA| EPISODIO 6: CONTRA EL DISCURSO DE ODIO ONLINE. Un mes más un nuevo programa de ´Muévete y Denuncia’, un espacio de Movimiento contra la Intolerancia subvencionado a cargo del IRPF por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en el programa Muévete y Denuncia: Solidaridad con las víctimas de delitos de odio, discriminación e intolerancia. Hoy dedicamos el episodio a hablar del Discurso de Odio en Internet y cómo luchar contra este fenómeno, para ello contamos con la intervención de Valentín González, Presidente de la Red Europea Stop Hate Crimes y Coordinador de Movimiento contra la Intolerancia


viernes, 30 de junio de 2023

Movimiento contra la Intolerancia pide multas para los delitos de odio en las redes

 

Se necesita una ley que ponga fuertes multas a las redes sociales por permitir discursos de odio, igual que se hace en Alemania. Así lo defiende el Movimiento contra la Intolerancia que este viernes en Málaga ha realizado un acto con motivo del Día Internacional contra los discursos de odio que se celebra este domingo.

Según la organización en nuestro país hay buenas leyes pero ineficaces por insuficientes y cada vez más son los delitos de este índole que se producen en las redes sociales.


Día de las Redes Sociales

 

El Día de las Redes Sociales, se celebra el 30 de junio de cada año.

Su objetivo primordial es que las redes sociales sean una herramienta que  permita a la población mundial una mayor y mejor comunicación, así como un medio para mantenerse informado, utilizando una plataforma globalizada como es Internet.

El discurso de odio en España se desarrolla especialmente en redes sociales e Internet y se agudiza especialmente en momentos de crisis de fronteras y de polarización política. Las redes sociales, convertidas en grandes protagonistas, albergan una gran cantidad de mensajes relacionados con el discurso de odio, especialmente de naturaleza xenófoba, racista y de odio ideológico, también de homo/transfobia, antisemitismo, hispanofobia, antigitanismo,  misoginia, y otras formas intolerancia.

La comunicación debe estar libre de discurso de odio e intolerancia, porque estamos convencidos de que “el discurso precede a la acción”.

El debate sobre el discurso de odio en las Redes e Internet ha de ser abordado y no podemos olvidar que: “libertad de expresión, no es libertad de agresión”.

Si detectas discurso de odio en redes sociales, no dudes en enviarlo a:

 denunciamci@gmail.com  o llama al 676 476 831.


jueves, 1 de septiembre de 2022

In memoriam y en Justicia de Adrián, el niño que quería ser torero


Recientemente la Audiencia Provincial de Valencia revocó  la absolución de los tuiteros que desearon la muerte del niño que quería ser torero, condenando a los acusados por un delito contra la integridad moral. Con anterioridad, el Juzgado  de lo Penal nº2  absolvió en dos ocasiones  a los responsables de los tuits, y tras recurrir, tanto la responsable de Fiscalía de Delitos de Odio, Susana Gisbert, como la familia del menor, con buen criterio de justicia, la Audiencia Provincial de Valencia les da la razón, condenando a los tres tuiteros por un delito contra la integridad moral, a una multa de 720 euros y a pagar cada uno a los padres de Adrián 3.000 euros cada uno por perjuicios y daños morales, junto a las costas procesales.

Adrian Hinojosa, el niño de 8 años que es objeto del delito, es un pequeño que  padecía una enfermedad de cáncer terminal. De mayor deseaba ser torero,  y en octubre de 2016, en la plaza de toros de Valencia se celebró un festival benéfico para homenajearle y obtener fondos para la Fundación de Oncohematología Infantil del Niño Jesús, El niño estaba feliz, como manifestó toda su familia y se observa en las fotos con los tres toreros participantes, muy famosos, llevando a hombros al pequeño. Seguro que fue un recuerdo imborrable de unos minutos que residirían en la memoria Adrian hasta su fallecimiento, 6 meses después, sin llegar a cumplir los 9 años. Todo un gesto de humanidad.

Y en esto apareció el odio y el fanatismo. Tuiteros antitaurinos lanzaron mensajes, recogidos en el procedimiento judicial,  del siguiente tenor:

-“Qué gasto más innecesario se está haciendo con la recuperación del niño este que tiene cáncer, quiere ser torero y cortar orejas”.

-“No lo digo por su vida, que me importa dos cojones, lo digo porque probablemente ese ser está siendo tratado en la sanidad pública, con mi dinero”.

-“¿Que qué opino? Yo no voy a ser políticamente correcta. Qué va. Que se muera, que se muera ya. Un niño enfermo que quiere curarse para matar herbívoros inocentes y sanos que también quieren vivir. Anda yaaa! Adrián, vas a morir”.

-“Patético que defendáis a un niño que prefiere matar a un animal, ojalá el Adrián mate a vuestra madre y se muera”

. «¿Que qué opino? Yo no voy a ser políticamente correcta. Qué va. Que se muera, que se muera ya. Un niño enfermo que quiere curarse para matar herbívoros inocentes y sanos que también quieren vivir. Anda yaaaa. Adrián, vas a morir»,

“Patético es que defendéis a un niño que prefiere matar a un animal, ojalá el Adrián mate a vuestra madre y se muera”.

Se abría,  en consecuencia, en redes sociales, un proceso de reproches, apoyos y solidaridad con el niño, y por el contrario, de  refuerzos a los antitaurinos en sus tuits.  Fueron los padres del menor, quienes al leer estos y otros comentarios deseando la muerte de su hijo,  presentaron una denuncia ante la Guardia Civil. De la falta de humanidad de esos mensajes de odio, nada que añadir.

En septiembre de 2019 se celebró el juicio contra los tres adultos tuiteros, y uno argumentó  que lo hizo “en caliente” aunque sabría que “haría daño”,· y otro decía que luego lo borró  por arrepentirse. El caso es que el Juzgado de lo Penal nº2 de Valencia los absolvió, al considerar que, siendo “crueles” sus comentarios, no reunían “la entidad suficiente” para constituir un delito contra la integridad moral, añadiendo una consideración en el fallo acerca de la función del Código Penal, sobre el que dice que  “no puede convertirse en la primera respuesta a este tipo de acciones”, además de otras consideraciones.

La Sentencia de la  Audiencia Provincial corrigió al Juzgado de lo Penal nº2 , afirmando en sentido contrario  que si existió trato degradante  a través de los mensajes difundidos en los tuits, y advierte que el principal sujeto pasivo no era un adulto en circunstancias normales, sino “un niño de ocho años enfermo terminal de cáncer que acababa de recibir una especie de homenaje con la generosa intención de intentar paliar los dolores físicos y psíquicos de la enfermedad” y junto a él, también eran sujetos pasivos sus padres, “cuyo estado emocional no es necesario describir”, expresó la reciente sentencia.

Así mismo, señala la Audiencia ,  que se cumple  otro elemento objetivo del tipo penal, el de menoscabo grave de la integridad moral: “El padecimiento psíquico de angustia y destrucción de la débil resistencia física y moral del niño y de sus padres se produce a través del triple ataque sufrido: uno, el conocimiento directo y personal de las manifestaciones de los acusados; dos, el conocimiento adicional de que toda la sociedad era sabedora de ello; y tres, el efecto destructor de los beneficios emocionales del homenaje al estar vinculadas las frases a su celebración”.

El derecho de la protección de las personas a no sufrir sensaciones de dolor o sufrimientos físicos y psíquicos, humillantes o envilecedores, debe llevarse a cabo “con el máximo rigor”, señaló la Audiencia y más cuando la persona afectada es un niño de ocho años, frágil y vulnerable por estar en formación todavía su capacidad emocional.

El delito contra la integridad moral, si puede ser un delito de odio

El derecho a la denigración, humillación, al insulto, al desprecio, al irrespeto, a dañar al prójimo, bien sea físicamente o moralmente, no existe. El bien jurídico que protege lo que se viene  a definir o entender como delito de odio, es la dignidad humana y sus libertades y derechos de ella derivada.El art.173 es uno de los  tipos penales que los tribunales han referenciado como  delito de odio y que, junto a otros como el 22.4 aplicable a todo delito del CP o al  510 y siguientes, entre otros, configuran la referencia al odio delictivo.

Que el niño no pertenezca a un colectivo clásico de los que se identifica como colectivos objeto de odio, entre otros motivos por no realizar textualmente una correcta protección universal frente a la discriminación, como plantea nuestra Constitución y los Tratados de derechos humanos, no quiere decir que no existan tipos penales de amplia  y universal aplicación. Tanto  el trato degradante como  la motivación de alguno de estos tipos penales señalan su alcance, y en  concreto el 22.4, que nos puede dar una idea interpretativa del delito de odio,   actualmente tiene esta redacción:

Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta.”

Respecto a este caso, el sujeto pasivo, la víctima, en sus  idea cultural, por tanto en su micro-cosmovisión ideológica, sitúa su deseo cuando crezca, en “ser torero”, y el sujeto activo, los tuiteros “antitaurinos, también en su idea cultural y su macro-visión ideológica, en lo contrario, en despreciar  todo lo relativo al mundo del toreo. Lo demás son conductas con esa raíz de intolerancia ideológico-cultural. Y el acto en sí, de los mensajes, la Audiencia lo considera un trato degradante, como podrían se conductas en las  que podría incurrirse en una infracción del  510.2 :

a) Quienes lesionen la dignidad de las personas mediante acciones que entrañen humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos a que se refiere el apartado anterior, o de una parte de los mismos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a ellos por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, aporofobia, enfermedad o discapacidad, o produzcan, elaboren, posean con la finalidad de distribuir, faciliten a terceras personas el acceso, distribuyan, difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para lesionar la dignidad de las personas por representar una grave humillación, menosprecio o descrédito de alguno de los grupos mencionados, de una parte de ellos, o de cualquier persona determinada por razón de su pertenencia a los mismos”

El Tribunal. Constitucional lo ha recuerda repetidamente: La libertad de expresión no es, en suma, un derecho fundamental absoluto e ilimitado, sino que tiene lógicamente, como todos los demás, sus límites, de manera que cualquier expresión no merece, por el simple hecho de serlo, protección constitucional”.  En consecuencia, ha declarado de forma reiterada que quedan fuera de la protección constitucional del art. 20.1 a) CE “las expresiones indudablemente injuriosas o sin relación con las ideas u opiniones que se expongan y que resulten innecesarias para la exposición de las mismas”. Es decir, las que, “en las concretas circunstancias del caso sean ofensivas u oprobiosas”.

Por su parte, la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha afirmado que “la tolerancia y el respeto de la igual dignidad de todos los seres humanos constituyen el fundamento de una sociedad democrática y pluralista. De ello resulta que, en principio, se puede considerar necesario, en las sociedades democráticas, sancionar e incluso prevenir todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio basado en la intolerancia” (STEDH de 16 de julio de 2009)

Libertad de expresión, no es libertad de agresión, y menos a un niño en indefensión psíquica

Quienes propagan el mensajes de odio, en su defensa enarbolan la “libertad de expresión” pero en verdad lo que reclaman es “libertad de agresión”, impunidad para insultar, degradar, despreciar y denigrar, para promover prejuicios, burlarse y humillar, para intimidar, acosar y hostigar, para excluir, marginar y discriminar, para difamar, ridiculizar e inventar mentiras, para incitar a la violencia, concertar agresiónes o cometer crímenes  por intolerancia  que es negación del prójimo por su posible pertenencia, real o supuesta, a una categoría humana definida por el sujeto agresor que  reduce o deshumaniza la personalidad de la víctima en base a una caracteristica o significación de una manifetación de la condición humana. En este caso, el pensamiento o deseo de ser torero del niño de 8 años, enfermo de cancer terminal, Adrian Hinojosa.

El mensaje o discurso de odio se refiere a los mensajes o discursos difundidos de manera oral, escrita, en soporte visual, papel o audio, en los medios de comunicación, o internet, u otros medios de difusión social, incluidos cartelería, pancartas u otros medios de distribución social que concreten y alienten conductas que niegan  dignidad e  iguales derechos  a personas y grupos vulnerables, a gentes en riesgo por ser distintos o no compartir la visión del agresor. Pueden adoptar diversas formas de intolerancia, sea xenofobia o antitaurinismo, como puede ser cualquier otra construcción desde una ideología o cosmovisión, pero lo que nunca será  aceptable es el rechazo, desprecio e irrespeto al prójimo violando su derecho de dignidad y a sus inalienables derechos humanos. El intolerante está en su libertad de conciencia pero no de  conductaa la que se exige límites democráticos.

Estos son unos mensajes, un discurso que especialmente no debe tener cabida en los medios de comunicación, en Internet y en redes sociales, debido a su impacto dañino, lugares que hoy son campo de batalla donde se libra la lucha por la hegemonía cultural. Los profesionales de la información y en especial las empresas de las Redes sociales (Tuiter, Facebook, youtube…) deben evitar dar voz a los mensajes de odio y a los grupos que lo promueven. Ni  los medios, ni las redes sociales  deben convertirse en plataformas de propaganda de odio y fanatismo, ni en espacio para la divulgación de conductas de de intolerancia. Algunas lo  consienten en aplicación de sus “codigos deontológicos” e interpretando el delito según donde su empresa radique, como los Estados Unidos. Mas estos discurso o mensajes,  según su gravedad, deben ser penalizados, sancionados, repudiados o enviados al ostracismo.

La agresión al niño de 8 años que deseaba ser torero y a su familia no es una simple opinión, sino un veneno que causa sufrimiento y dolor. El fanatismo y el odio radicado en la intolerancia al projimo por cualquier  manifestación de su condicion humana produce daños. La Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa (marzo de 2016) en su Recomendación nº 15 sobre discurso de odio, reitera que debe entenderse “como fomento, promoción o instigación, en cualquiera de sus formas, del odio, la  humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos, estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas y la justificación de esas manifestaciones por razones de “raza” (1), color, ascendencia, origen nacional o étnico, edad, discapacidad, lengua, religión o creencias, sexo, género, identidad de género, orientación sexual y otras características o condición personales”. Una mirada amplia, de gran angular, al respecto es necesaria.

Solo resta apreciar favorablemente la decisión de la Audiencia Provincial, quien nos recuerda en su sentencia, la deshumanización de los mensajes de odio quienes se oponían a que la sanidad tratara al menor, señalando: “Este pensamiento, de oposición a que la sanidad pública atienda y auxilie a un enfermo e intente salvar su vida en trance de perderla, ninguna duda despierta sobre su contenido humillante y despiadado hacia el sujeto pasivo, perceptible por cualquiera”, añadiendo que estas frases no constituyen una acción instantánea y aislada, “sino todo lo contrario”, son frases que “una vez introducidas y reproducidas en el ámbito de las redes sociales, adquieren instantáneamente un estado absoluto de permanencia en el tiempo y en el espacio, fuera de todo control o posibilidad de neutralización de las capturas y reproducciones que puedan haber hecho, y en ese estadio se encuentran las conocidas redes Twitter y Facebook aunque se privaticen los usuarios”.

Gracias Audiencia Provincial y Fiscalía de Delitos de Odio de Valencia, y nuestra solidaridad para los familiares, amigos y para Adrian, si nos puede ver o sentir en alguna parte,  desde nuestro In Memorian con el que haremos pedagogía para defender a todas las víctimas del discurso de odio.

Esteban Ibarra

Presidente de Movimiento contra la Intolerancia

Sº Gral. Consejo de Víctimas de Delitos de Odio