Sus abogados argumentan que lo que hicieron
Luis y Ricardo “se configura como una manifestación más de la libertad de
expresión tan garantizada como lo pueda ser la libertad de expresar nuestras
opiniones políticas en un espacio público”. La imputación del delito de
exhibicionismo está fundamentada en que al Área de Salud y Consumo no le consta
que la playa de Torregarcía tenga autorización “para el uso nudista”.
diarioandalucia.es.- Una
pareja residente en Almería, que había denunciado el pasado mes de junio una
agresión homófoba mientras hacían nudismo en una playa, ha visto cómo su queja
se ha convertido en una imputación por exhibicionismo en su contra, junto al
delito de lesiones imputado al principal encausado. Según ha informado Trustlaw
Abogados Almería en un comunicado, “Ricardo y Luis, tomaron la decisión de
denunciar estos hechos con la esperanza de que los tribunales sancionaran unos
comportamientos que no deben consentirse en nuestra sociedad actual” pero ahora
se sienten “estigmatizados”.
“Pedimos
que se haga justicia real”, decía uno de ellos en junio cuando hicieron
públicos los hechos, acaecidos precisamente que el mismo día que se celebraba
el Orgullo Gay. Ahora, “tras superar distintos obstáculos legales” y “lejos de
verse amparados por la Justicia”, dicen sus representantes legales, los hombres
de 53 y 70 años se ven imputados. Los letrados Salvador Benítez y Manuel Ocaña
han recurrido la resolución del Juzgado de Instrucción número 4 de Almería “por
no entenderla ajustada a Derecho y ser contraria al deber de apurar la
instrucción y esclarecer al máximo lo ocurrido practicando todas aquellas
pruebas que sean necesarias para determinar no sólo los hechos y personas responsables
sino también las circunstancias de dicha agresión, que fue de evidente
naturaleza homófoba y discriminatoria a la orientación sexual de las víctimas”.
Ambos
relataron en su denuncia que el otro imputado, junto a su padre, se abalanzaron
sobre ellos al grito de “¡Ni un paso más, maricones!” y que, tras una fuerte
discusión, les atacó presuntamente mientras el padre lo incitaba al grito de
“¡Maricones!, ¡dales caña a esos cerdos!'”. El atestado policial recoge que
fueron varios los testigos los que presenciaron los hechos y los que alertaron.
Las “patadas” y los “puñetazos” habrían ocasionado lesiones por las que Luis
precisó cuatro puntos de sutura en una ceja mientras que Ricardo sufrió
“hematomas y escoriaciones por patadas en el costado”, además de perder la
conciencia.
Los
abogados de la pareja agredida discrepan de la imputación de un delito de
exhibicionismo sexual realizada “no puede concurrir en el presente caso ya que
para que pueda entenderse como tipo penal sancionado de exhibicionismo no sólo
se requiere que exista ese desnudo en presencia de menores, sino que además se
realice una conducta con connotaciones sexuales, cosa que en el presente caso
no ocurre ya que nuestros clientes eran simplemente dos personas que paseaban
por la playa sin otra intención distinta que la de tomar el sol”.
Apuntan
los letrados que lo que hicieron Luis y Ricardo “se configura como una
manifestación más de la libertad de expresión tan garantizada como lo pueda ser
la libertad de expresar nuestras opiniones políticas en un espacio público, sin
alterarlo o ir en contra del orden público”. “Solo ordenanzas municipales
pueden regular el desnudo de sus ciudadanos en lugares públicos con ocasión de
cierto ‘decoro’ que éstas quiera dar al municipio pero ello es tan solo una
cuestión administrativa, nunca un delito”.
El Ayuntamiento: “la playa no era nudista”
El
auto del juzgado, contra el que han interpuesto recurso de reforma ambas
partes, ordena transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado y
da traslado para que se formule acusación si procede o se solicite el
sobreseimiento de la causa. La imputación del delito de exhibicionismo está
fundamentada en un oficio remitido al Ayuntamiento de Almería en el que, a
petición de la jueza instructora, el Área de Salud y Consumo señala que no le
consta que la playa de Torregarcía tenga autorización “para el uso nudista”.
En
concreto, se indagaba para conocer si esta zona del litoral de la ciudad es
nudista o, por el contrario, están “prohibidas estas prácticas” ya que la
agresión que la pareja denunció se produjo cuando estaba haciendo nudismo y se
disponía a bañarse.
Fuentes
cercanas al caso han trasladado que la Fiscalía se va a adherir al recurso de
reforma que han presentado las dos partes contra el auto ya que estima
pertinente la práctica de nuevas diligencias encaminadas a esclarecer los
hechos, como la toma de declaración a algunos testigos.