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martes, 7 de enero de 2025

Denuncia al Régimen venezolano por crímenes de odio ante el TSJ de Venezuela en el exil

 

De izquierda a derecha, Manuel Rodríguez, presidente de la Plataforma de Ayuda a Venezuela, Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia de España, Rafael Ortega, magistrado del Tribunal Supremo de Justicia Legítimo de Venezuela en el exilio y Miguel Henrique, director del diario El Nacional y representante de la Alianza Ciudadana por la Libertad en Venezuela, plataforma de la que de la que forman parte 45 asociaciones españolas y venezolanas.

Cinco meses después de haberlo anunciado, Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia, y Manuel Rodríguez, líder de la Plataforma de Ayuda a Venezuela, han presentado públicamente en España la denuncia formal ante el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela en el exilio por crímenes de odio, representado por el magistrado de dicho órgano, Rafael Ortega.

Dicha denuncia es la consecuencia del informe detallado de monitorización de sucesos relacionados con la violación de la dignidad de las personas y sus inherentes derechos humanos mediante la comisión de presuntos CRÍMENES DE ODIO en Venezuela, hechos delictivos de mayor gravedad acaecidos a partir del 4 de julio de 2024, al inicio de la campaña electoral a la Presidencia de Venezuela. La denuncia pone en conocimiento del Tribunal Supremo de Justicia Legitimo de Venezuela.

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martes, 17 de diciembre de 2024

Foro sobre la Libertad de los Presos Políticos en Bolivia, Cuba, Nicaragua, Venezuela

 


El pasado sábado 14, se realizó el II Foro sobre la Libertad de los Presos Políticos en Bolivia, Cuba, Nicaragua, Venezuela y toda Latinoamérica, donde participaron como ponentes representantes de Bolivia: Mateo Rosales y Hugo Carvajal Donoso, Cuba: Elena Larrinaga y Eugenia Gutiérrez, Nicaragua: Rayid Alvarado, Venezuela: Verónica Noya, Yajaira González, Miguel Henríque Otero, Tamara Suju, Loren Saleh, quienes expusieron la situación de los más de 3300 presos políticos en estos países.

Durante el evento recordaron a los Presos políticos y exigimos su libertad. Recordamos que se viola su libertad de conciencia y de opinión, su libertad de expresión, de reunión y manifestación. Y que por oponerse a la dictadura se les detiene, tortura y priva indefinidamente la libertad.

Recordamos a los asesinados y a sus asesinos. Y a todo ello lo denominamos crímenes de odio, lo cometa quien lo cometa, los grupos armados de matones que llaman colectivos o las fuerzas represivas de la dictadura de Maduro.

En cualquier caso fue una jornada de solidaridad con las victimas de la tirania y el crimen y nuestro momento de confirmación de una lucha que ha de continuar hasta hacer posible su libertad.

El evento estuvo organizado por la Coordinadora Iberoamericana Contra el Racismo el Antisemitismo y la Intolerancia (CICRAIN)  q contó como representantes con Esteban Ibarra y Manuel Rodríguez y como moderadora Isabel Cristina Alvarez quién desde q llegó a España ha estado haciendo un trabajo excelente en pro de la defensa de los DDHH

Cómo invitada especial estuvo Beatriz Becerra ex eurodiputada y activista por los derechos de las personas.

Muy agradecidos con todos los q participaron, las Asociaciones y ONGs con los partidos políticos españoles que se acercaron: PP, Cs y PSOE y los representantes de la población Indígena ante la ONU.

Nota de Prensa


sábado, 13 de julio de 2024

13 de Julio en Recuerdo de Miguel Ángel Blanco

 

El 13 de Julio de 1997 Miguel Ángel Blanco fue ejecutado por la banda terrorista ETA. Sin duda es una víctima del terrorismo, igual que las demás personas asesinadas por la sinrazón y la barbarie terrorista. Pero también es un símbolo que a través del dolor compartido nos unió, nos reforzó y nos ayudó en la lucha por la libertad, los Derechos Humanos y la convivencia democrática en España. Fue un antes y un después, porque permitió que juntos defendiéramos, por encima de ideologías, partidismos y creencias, que había que acabar con el terrorismo: nacía el espíritu de Ermua.

Lo peor que le ha sucedido a la España Democrática ha sido la existencia y la acción criminal de ETA. Con el asesinato de Miguel Ángel Blanco no sucedió lo que denunciaba el historiador romano Tácito: «Unos cometieron el crimen, el horror; algunos más lo aplaudieron y todos lo consintieron». Para decencia moral nuestra, los pueblos de España no lo consintieron, nos unimos contra el terror, contra la barbarie, nos dignificamos ante las víctimas.  ¡Junt@s vencimos al terror!

Siempre con las víctimas de todo terrorismo.  En su memoria: Nunca más.


viernes, 2 de febrero de 2024

44 años del asesinato de Yolanda González

 

Era la madrugada de un dos de febrero, corría 1980, en Madrid el movimiento estudiantil estaba muy activo y comprometido contra unas leyes injustas de educación del Gobierno de aquellos momentos; cierres de institutos y universidades, detenciones, apaleamientos, aunque algo superaría a la represión, un comando fascista secuestró a Yolanda González Martín, tenía 19 años, y después de torturarla, la asesinaron en un descampado próximo a Alcorcón. 

Fue un crimen de odio, la seleccionaron por su liderazgo en el movimiento estudiantil, era de la coordinadora de Enseñanzas Medias, militante del Partido Socialista de los Trabajadores y nacida en el País Vasco. Sesgos esenciales para sus asesinos. Con su muerte a todos nos asesinaron un poco, nuestra movilización estudiantil, en medias y universidad, sufrió su mayor golpe y el país entero, una gran conmoción. 

En memoria de Yolanda y recordando este abyecto crimen: querida compañera descansa en paz y si te llegan nuestras palabras para mejor homenaje, tu lucha es la nuestra y aún continúa.

jueves, 11 de enero de 2024

«La libertad de expresión no implica libertad de agresión»: Esteban Ibarra, ante el muñeco ‘apaleado’ de Pedro Sánchez

 

Fuente: Confilegal

El presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, ha valorado para Confilegal las acciones acometidas por los manifestantes de Ferraz contra un muñeco a imagen de Pedro Sánchez. Unas actuaciones que, para Ibarra, sí suponen un delito de odio.

Esta Nochevieja, Ferraz volvía a verse rodeada de detractores de Pedro Sánchez. En esta ocasión, incluyéndose un muñeco del presidente del Gobierno, al que los manifestantes no dudaban en dar golpes hasta destrozarlo por completo.

Unas acciones que pronto han tenido eco en la esfera política, siendo muchos los representantes de los partidos que han criticado este «muñeco» apaleado. Entre ellos, también la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, líder de Sumar que aseguraba que no se trataba de un delito de odio, aunque sí lamentaba profundamente estos hecho

Afirmación de que no nos encontramos ante un delito de odio que también ha sido expresada por diferentes abogados y juristas en los últimos días.

Una opinión que no comparte Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, que ha asegurado en conversaciones con Confilegal que sí nos encontramos ante un delito de odio. «La libertad de expresión no implica libertad de agresión» ha asegurado Ibarra en conversaciones con este diario.

ESTEBAN IBARRA ASEGURA QUE ES UN DELITO DE ODIO

«Mi valoración es contraria a la de la mayoría de juristas» explica Ibarra en un primer momento. Y es que, a pesar de que muchos han considerado que los actos contra el muñeco de Pedro Sánchez no están incluidos en un delito de odio, para el presidente del Movimiento contra la Intolerancia esto es algo muy distinto.

«El acto de Ferraz, con la piñata de Pedro Sánchez, desde mi punto de vista, es un delito de odio por motivo ideológico» asegura Ibarra. «Concurren distintos elementos, como la incitación directa o indirecta por motivo ideológico o político. Y, además, pudiera concurrir daños a la dignidad de la persona. Todo ello, dentro del artículo 510 del Código Penal».

Un delito de odio, asegura Ibarra, que no solo afecta al actual presidente del Gobierno. «Por otra parte, también podría interpretarse como un daño a la integridad moral. Algo que no sólo afecta a Pedro Sánchez, sino que también afecta al grupo de personas que se identifica con los postulados ideológico-políticos de Pedro Sánchez».

Mi opinión es que se debe aplicar el delito de odio, es decir, la protección o la sanción que prevén los tipos penales de delito de odio, ajustándose a los hechos, sea tanto para Pedro Sánchez, como a Mariano Rajoy, Begoña Villacís, o para cualquier representante político. El discurso o el delito de odio es un mensaje al colectivo. Y no se queda en esas personas, sino que alcanza al grupo humano de afinidad con esa persona.

Un «sí» a entender que las acciones de los manifestantes contra Pedro Sánchez este pasado día 31 se pueden entender como acciones de incitación al odio que Ibarra mantiene a pesar de las muchas voces en contra.

Unas contradicciones de expertos y juristas que se produce, tal y como asegura Esteban Ibarra, debido a la actual legislación que existe sobre la situación, que no establece un claro marco sobre el asunto.

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jueves, 4 de enero de 2024

«La libertad de expresión no implica libertad de agresión»: Esteban Ibarra, ante el muñeco ‘apaleado’ de Pedro Sánchez


FUENTE: CONFILEGAL

El presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, ha valorado para Confilegal las acciones acometidas por los manifestantes de Ferraz contra un muñeco a imagen de Pedro Sánchez. Unas actuaciones que, para Ibarra, sí suponen un delito de odio.

Esta Nochevieja, Ferraz volvía a verse rodeada de detractores de Pedro Sánchez. En esta ocasión, incluyéndose un muñeco del presidente del Gobierno, al que los manifestantes no dudaban en dar golpes hasta destrozarlo por completo.

Unas acciones que pronto han tenido eco en la esfera política, siendo muchos los representantes de los partidos que han criticado este «muñeco» apaleado. Entre ellos, también la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, líder de Sumar que aseguraba que no se trataba de un delito de odio, aunque sí lamentaba profundamente estos hechos.

Afirmación de que no nos encontramos ante un delito de odio que también ha sido expresada por diferentes abogados y juristas en los últimos días.

Una opinión que no comparte Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, que ha asegurado en conversaciones con Confilegal que sí nos encontramos ante un delito de odio. «La libertad de expresión no implica libertad de agresión» ha asegurado Ibarra en conversaciones con este diario.


ESTEBAN IBARRA ASEGURA QUE ES UN DELITO DE ODIO

EL DELITO DE ODIO, LIMITADO EN EL CÓDIGO PENAL
«el delito de odio es un delito radicado en la intolerancia al diferente. Y el diferente, es todo».

«Mi valoración es contraria a la de la mayoría de juristas» explica Ibarra en un primer momento. Y es que, a pesar de que muchos han considerado que los actos contra el muñeco de Pedro Sánchez no están incluidos en un delito de odio, para el presidente del Movimiento contra la Intolerancia esto es algo muy distinto.

«El acto de Ferraz, con la piñata de Pedro Sánchez, desde mi punto de vista, es un delito de odio por motivo ideológico» asegura Ibarra. «Concurren distintos elementos, como la incitación directa o indirecta por motivo ideológico o político. Y, además, pudiera concurrir daños a la dignidad de la persona. Todo ello, dentro del artículo 510 del Código Penal».

Un delito de odio, asegura Ibarra, que no solo afecta al actual presidente del Gobierno. «Por otra parte, también podría interpretarse como un daño a la integridad moral. Algo que no sólo afecta a Pedro Sánchez, sino que también afecta al grupo de personas que se identifica con los postulados ideológico-políticos de Pedro Sánchez».

Mi opinión es que se debe aplicar el delito de odio, es decir, la protección o la sanción que prevén los tipos penales de delito de odio, ajustándose a los hechos, sea tanto para Pedro Sánchez, como a Mariano Rajoy, Begoña Villacís, o para cualquier representante político. El discurso o el delito de odio es un mensaje al colectivo. Y no se queda en esas personas, sino que alcanza al grupo humano de afinidad con esa persona.

Un «sí» a entender que las acciones de los manifestantes contra Pedro Sánchez este pasado día 31 se pueden entender como acciones de incitación al odio que Ibarra mantiene a pesar de las muchas voces en contra.

Unas contradicciones de expertos y juristas que se produce, tal y como asegura Esteban Ibarra, debido a la actual legislación que existe sobre la situación, que no establece un claro marco sobre el asunto.

«En cuanto a las sentencias de los tribunales, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, hay sentencias contradictorias. Y en cuanto a la opinión acerca de la vulnerabilidad en España, también las hay», ha explicado a Confilegal. «El mismo Código Penal tiene una redacción incongruente de los artículos 22.4, 314, 510 y siguientes».

Una disparidad, especialmente en el concepto de la vulnerabilidad del individuo, que para Ibarra, provoca que no todos estemos igual de protegidos ante los delitos de odio.

«Creo que hay un error en limitar el efecto fenomenológico del delito de odio a los colectivos vulnerables», ha asegurado Ibarra. Así pues, destaca para Confilegal que «en el Código Penal no tenemos la definición de un discurso de odio. Lo que tenemos tipificados son una serie de delitos que tienen relación con este concepto del delito de odio»

En concreto, el delito de odio «viene a hacer referencia a los tipos penales que se ubican en la protección de las libertades y derechos fundamentales de la persona. En la protección de la Constitución. Hay que interpretarlo en un sentido amplio. Lo que quiero decir es que si a una persona se la selecciona por motivos ideológico-políticos, y además esto daña a un grupo humano de semejantes, hay que percibirlo como un delito del 510″.

«Se abusa del concepto de vulnerabilidad. Y es un concepto que es una auténtica milonga. Porque la vulnerabilidad depende del elemento individual, y de la circunstancia social y contextual en donde se produzca. Una persona puede ser muy vulnerable por el hecho de ser negro. Pero otra persona, como el presidente de Estados Unidos, puede ser negro, pero no vulnerable» ha asegurado.

Así pues, es necesario llegar a un marco de protección universal de todos los individuos frente a los delitos de odio.

«Hay que buscar la protección universal de la víctima. Así, estas polémicas se habrían evitado. Alcanzar la universalidad implica proteger a toda persona, en todo lugar, y en cualquier tiempo. Por lo tanto, si hay interpretaciones que son excluyentes, como ésta que se está produciendo, estamos ante una flagrante discriminación por una insuficiencia del Código Penal. También de una interpretación restrictiva», ha lamentado Ibarra.

«El código penal es limitativo, no es universal», ha lamentado Ibarra. Sin embargo, no todo depende de la normativa escrita. «Dentro de esa limitación, el mundo jurídico mayoritariamente lo está interpretando de una forma muy restrictiva, que sería discriminatoria. No tiene sentido que a una persona por manifestar su posición ideológico-política, si se produce una incitación directa o indirecta al odio o a la hostilidad, no sea tratada de igual manera que hacia una persona vulnerable».

jueves, 23 de noviembre de 2023

Carta abierta dirigida al Gobierno

 


25 ONGs iniciamos una campaña para que la ley de Amnistía NO BORRE los Delitos de Odio por Ideología y Origen Nacional porque daña a Víctimas Constitucionalistas y de Hispanofobia. Pedimos que se garantice la Igualdad de todos los españoles y los Principios constitucionales

Las Organizaciones Sociales No Gubernamentales que suscriben esta carta abierta dirigida al Gobierno de la Nación, preocupadas e inquietas por la situación que vive nuestro país desde la significación en los Acuerdos políticos entre partidos y por la futura Ley de Amnistía resultante de esos Acuerdos, preocupados siempre  desde la perspectiva  de los derechos fundamentales garantizados por la Constitución española, desde la protección de los colectivos vulnerables  y de las víctimas de la intolerancia  para quienes  nos debemos y ponemos todo nuestra labor y empeño, queremos trasladar al Gobierno, a los representantes institucionales y al conjunto del país, con el ánimo de favorecer la convivencia democrática, la justicia social y la concordia, las siguientes peticiones:

1.- Eviten toda impunidad de delitos de odio por motivación discriminatoria, plasmada en el art.2. f.  de la propuesta  Ley de Amnistía sobre la Exclusión por delitos no afectados en la misma, donde se incluyen como amnistiados DOS motivos discriminatorios referidos en la Ley Orgánica del Código Penal, y son la “ideología” y la “nación a la que pertenezca”, generando impunidad durante un período de más de 10 años, con graves consecuencias para la protección de derechos de numerosas personas y  colectivos víctimas de esta intolerancia por su ideología constitucionalista o por hispanofobia e imposibilitando que obtengan justicia y reparación por el daño recibido.

2.- Eviten  todo tipo de acuerdo que se sitúe en la discriminación, protegiendo la igualdad ante la ley y de trato de la ciudadanía, en especial frente a clausulas de excepcionalidad que quiebren los principios  constitucionales de Solidaridad e Igualdad  recogidos en nuestra Carta Magna, incluida una financiación autonómica  desigual que no trate a todos los españoles de igual manera, con independencia  del lugar de España donde hayan nacido.

3.- Eviten todo tipo de acuerdo que cuestionen los principios y valores de la Constitución española y la legalidad democrática, en especial los derechos, las libertades y deberes fundamentales, que garantizan la convivencia democrática y protegen a todos los ciudadanos/as y a los pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos.

Desde la confianza en el conjunto de nuestras instituciones democráticas, quedamos a la espera de que el Gobierno  confirme que nuestras inquietudes pueden quedar tranquilizadas por el cumplimiento de estos principios solidarios, ético-cívicos  y constitucionales. Mientras tanto seguimos sumando apoyos a esta petición.        

  • Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y Discriminación (COVIDOD)
  • Movimiento contra la Intolerancia
  • Impulso Ciudadano
  • Asamblea por una Escuela Bilingüe
  • Asociación de Apoyo a Víctimas de Delitos (ANVDV)
  • Coordinadora Iberoamericana contra el Racismo,  Antisemitismo e  Intolerancia
  • Plataforma Ayuda a Venezuela
  • Asociación Española Venezolana por la Democracia (Aseved)
  • Asociación de Refugiados e Inmigrantes (ARI-PERU)
  • Asociación AFROHISPANOS
  • Asociación Internacional Mundo Solidario (ASIM)
  • Asociación de Solidaridad con Venezuela de Canarias
  • Ahora Solidaridad Venezuela
  • Asociación de Amig@s de Bolivia (Amibol)
  • Asociación de Mexicanos de Castilla y León
  • Asociación de Venezolanos en Castellón
  • Amigos de Venezuela en Vigo
  • Coordinadora contra el Machismo y la Misoginia
  • Plataforma contra la Discriminación por Edad
  • Asociación PRODES. Voluntariado
  • Asociación Española TRANSEXUALIA
  • Roja Directa Andalucía LGTBI
  • Asociación LIBERTAD SIN IRA
  • Plataforma contra el Antisemitismo
  • Red Europea contra los Crímenes de Odio

¡¡ NO AL BORRADO POR LA LEY DE AMNISTÍA DE

LOS DELITOS DE ODIO POR ORIGEN NACIONAL E IDEOLOGÍA!!

Adhesiones:     covidod@gmail.com      Tfno. 91.5285104

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martes, 21 de noviembre de 2023

La amnistía olvida a las víctimas del delito de odio ideológico

 

Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia

Como es conocido, la proposición de ley de Amnistía acordada por el PSOE con formaciones independentistas y nacionalistas borra la responsabilidad de todos los actos que estuvieran tipificados como delitos o como conductas determinantes de responsabilidad administrativa o contable vinculados a las consultas celebradas en Cataluña de 2014 y de 2017, y abarca todos los actos «que se hubieren realizado entre el 1 de enero de 2012 y el 13 de noviembre de 2023».

Desde la perspectiva de la víctima del delito de odio interpretamos que no vale todo con el fin de gobernar y pese al argumento de la convivencia, su abusiva interpretación puede llegar a dañar libertades y derechos fundamentales en juego.

La Amnistía abarca e incluye  no sólo la organización y celebración de las consultas, sino también posibles ilícitos que guardan conexión con ellas, como en su artículo 1.1 expone: “aunque no se encuentren directamente relacionadas con estas consultas o incluso hayan sido realizadas con posterioridad a su respectiva celebración: a) Los actos cometidos con la intención de reivindicar, promover o procurar la secesión o independencia de Cataluña, así como los que hubieran contribuido a la consecución de tales propósitos».

La indefinición y redacción confusa de la propuesta de Ley genera inseguridad jurídica, impunidad y daño a las víctimas de esos ilícitos afectados por la Amnistía que van más allá de los causados al Estado y a la convivencia social, alcanzando a derechos fundamentales de las víctimas que han sufrido delitos, lo que requiere una reflexión desde esta perspectiva.

A ese respecto, en su artículo 2º, relativo a las Exclusiones, se transmite que en todo caso quedan excluidos de la aplicación de la amnistía,  actos dolosos con  resultado de muerte de personas y otros, los actos tipificados como delitos de torturas o de tratos inhumanos o degradantes, tipificados como delitos de terrorismo sin sentencia firme y otras consideraciones, así otros delitos afectantes a la defensa nacional, e intereses de la unión europea.

Entre los delitos no excluidos, se incluyen como amnistiados dos motivos discriminatorios, señalados en el Código Penal que son la “ideología” y la “nación a la que pertenezca”, generando impunidad y graves consecuencias para  personas y  colectivos víctimas de esta intolerancia.

Así, en su propuesta de Ley, en el inciso  f) del artículo 2 señala: “Los delitos en cuya ejecución hubieran sido apreciadas motivaciones racistas, antisemitas, antigitanas u otra clase de discriminación referente a la religión y creencias de la víctima, su etnia o raza, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurrieran de forma efectiva en la persona sobre la que recayó la conducta».

Como se observa, si se compara  con la cuasi transcripción del artículo 22.4, agravante del CP, se  ve el borrado de esas dos razones discriminatorias que afectan de manera central a muchos de los comportamientos delictivos realizados: “Cometer el delito por motivos racistas, antisemitas, antigitanos u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, edad, orientación o identidad sexual o de género, razones de género, de aporofobia o de exclusión social, la enfermedad que padezca o su discapacidad, con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta”.

Sencillamente las han retirado y además afecta a numerosos tipos penales directamente.

El Código Penal introduce artículos antidiscriminatorios que se encuentran diseminados ya sea el delito de amenazas dirigidas «a atemorizar a los habitantes de una población, grupo étnico, cultural o religioso, o colectivo social o profesional, o a cualquier otro grupo de personas» del artículo 170.1 del CP, el delito de discriminación en el ámbito laboral del artículo 314 CP, el delito de incitación al odio, la violencia o la discriminación y el delito de difusión de informaciones injuriosas del artículo 510 CP ., el delito de denegación de una prestación por el encargado de un servicio público o por el funcionario público, del artículo 511 CP, el delito de denegación de prestaciones en el ejercicio de actividades empresariales o profesionales del artículo 512 CP , el delito de asociación ilícita para promover el odio, la violencia o la discriminación del artículo 515.4 CP ,y otros a señalar.  La ley de Amnistía afecta a todos ellos por motivos o razón de la ideología o nación a la que pertenezca,

La importancia del borrado de esos dos motivos discriminatorios, que en su mayoría son los motivos prevalentes de cientos de incidentes y delitos de odio en numerosos ámbitos,  incluido el discurso de odio en medios de comunicación y redes sociales, es enorme y más cuando al constatar la voluntad de perseverar con su consigna: “esto solo es el punto de partida y lo volveremos a hacer” que atemoriza no solo a las víctimas sino a todos las personas de compromiso semejante que se posicione como constitucionalista, reivindique su identidad española o formar parte de la ciudadanía española, incluidos inmigrantes hispanoamericanos, además de romper la convivencia y fomentar la segregación y el ostracismo hacia quienes se dirige el implícito mensaje de odio.

LA AMNISTÍA SUPONE EL OLVIDO DE LA VÍCTIMA

Los informes que desde hace años viene realizando el Observatorio Cívico de la Violencia Política en Cataluña, creado por las asociaciones Impulso Ciudadano y Movimiento contra la Intolerancia, recogen miles de incidentes de odio, muchos delitos flagrantes  que van desde el acoso a las agresiones físicas, desde las amenazas al enaltecimiento de la violencia, desde el escarnio hasta los escraches intimidatorios y violentos, desde la hostilidad lingüística a la desobediencia y negación de la aplicación de resoluciones judiciales en la educación en español,  desde las injurias a los daños en los bienes, ya sean de particulares o de instituciones públicas.

En realidad desconocemos su alcance desde el 1 de enero de 2012 hasta esa fecha sin final, incierta de precisar, dado que nuevos hechos pueden ser conexionables al “proces”.

La ley nada dice de la garantía de los derechos de las víctimas de esta delincuencia, de su participación en los procedimientos en curso o de futuro que se puedan producir, del ejercicio de sus derechos, de su protección futura frente a posible reiteración delictiva.

Simplemente la víctima del delito de odio por motivo ideológico o de origen nacional no existe, trasladando un terrible mensaje a esa mayoría que sufre violación de derechos fundamentales por su condición ideológica constitucionalista o por su origen nacional español; es la denunciada Hispanofobia que abunda de sobremanera en los incidentes que hemos registrado en el Observatorio y en el infierno de las redes sociales o en medios de comunicación.

De ser así, nos encontraremos con un impulso enorme de la victimización por impunidad de los discursos y delitos de odio por motivo ideológico y por origen nacional que incluso se extienda a inmigrantes hispano-parlantes que no se someten a una interpretación de la convivencia no respetuosa con el bilingüismo y las sentencias de los Tribunales de Justicia. Sin olvidar que eso es siempre multiplicador y extenderá la hispanofobia, como ya sucede en otros lugares del país.

Muchos de estos procedimientos penales en curso podrían afectar a diferentes organizaciones, no solo a los CDR o Tsunami, también a alguna otra como a los 28 ultras independentistas xenófobos del Moviment Identitari Català (MIC), investigados por el Juzgado número 1 de Barcelona y en espera de juicio, que reivindican el independentismo fascista de los años veinte del siglo pasado y tiene como referentes a los Badia, Cardona o Dencàs, además de organizaciones armadas como Bandera Negra (recordada en manifestaciones secesionistas) y otras que alimentan la hispanofobia, la xenofobia y la intolerancia de carácter ideológico. Un procedimiento en el que Movimiento contra la Intolerancia ejerce la acción popular.

Las víctimas en general y por su condición ideológica o de origen nacional, han sufrido ataques organizados, súbitos, sorpresivos, inopinados donde los agresores conscientemente  reivindican “que se vayan” o se encierren  en su casa, les aplican la ley del silencio, les “cancelan” y acosan, provocan su huida, como sucede a profesionales y  familias que reivindican el bilingüismo y defienden sus derechos educativos en las escuelas y  les humillan o les agreden.

Una violencia incomprensible para cualquier  ciudadano  que no comparta su proyecto anticonstitucional, identitario y excluyente.

La dignidad humana, las libertades y derechos fundamentales de las víctimas son el objeto esencial de ataque de los delitos de odio  por motivo ideológico y de origen nacional que se concretan en  víctimas en riesgo, gentes a quienes además de despreciar por considerarlos “subalternos” desde su intolerancia supremacista,  sufren agresiones, no solo daños físicos, también  morales y patrimoniales directos, acompañadas de un mensaje resumido en que “no tienen sitio en su sociedad”, ni ellos, ni su colectivo de referencia y que están dispuestos a provocar y enfrentarnos a todos mediante su deshumanizado “odio al diferente”.

Interpretar correctamente estos delitos de odio por motivo ideológico y origen nacional amnistiables, entender el daño que produce a las víctimas y su mensaje de sumisión o de “no hay futuro”, debería no trivializar estos hechos y adoptar  una actitud de escucha a las personas que lo sufren, a todas.

Nunca se puede equiparar agresor y víctima. Y mucho menos no contemplar el daño procediendo a un borrado de estos delitos que generan más impunidad de futuro y hacen imposible aquello que reivindicamos todo memorialista de la víctima: ¡¡Nunca Más!!


lunes, 31 de julio de 2023

MUÉVETE Y DENUNCIA| EPISODIO 7: CONTRA EL ODIO IDEOLÓGICO

 


🎙MUÉVETE Y DENUNCIA| EPISODIO 7: CONTRA EL ODIO IDEOLÓGICO. Un nuevo programa de ´Muévete y Denuncia’, un espacio de Movimiento contra la Intolerancia subvencionado a cargo del IRPF por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 en el programa Muévete y Denuncia: Solidaridad con las víctimas de delitos de odio, discriminación e intolerancia. En el episodio de este mes abordamos el Odio Ideológico, sin olvidarnos del 22 de Julio, día en el que se recuerda a la Víctimas de la matanza de Utøya y Oslo y en sus honor a todas las Víctimas de Delitos y Crímenes de Odio para un Nunca Más.


jueves, 6 de julio de 2023

Las 10 medidas de Esteban Ibarra para mejorar la lucha contra los delitos de odio

INFORAXEN

Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia, afirma que las víctimas de delitos de odio no están suficientemente protegidas y necesitan más apoyo jurídico y asistencial. 

Para mejorar esta situación, plantea 10 medidas, que explica en Confilegal.

Este experto participa en la Comisión de seguimiento del plan de acción de lucha contra los delitos de odio, vigente desde 2019, de la que también forman parte la oficina nacional de delitos de odio del Ministerio del Interior, la Fiscalía, la Policía, y varias ONGs, entre otros. 

ESTEBAN IBARRA: 'EN ESPAÑA ESTÁ CRECIENDO LA XENOFOBIA Y EL ODIO IDEOLÓGICO, CON MÁS DE 200 CRÍMENES DESDE QUE HAY DEMOCRACIA Y 627 GRUPOS VIOLENTOS

Ayer se celebró la reunión de seguimiento del segundo plan, en vigor desde 2022 y que se extiende hasta 2024. 
Y en ella, el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, magistrado en servicios especiales, informó de que los delitos de odio por racismo y xenofobia, con 755 hechos, son los más numerosos y representan el 43,5% de total de las denuncias.

Le siguen los delitos de odio cometidos en los ámbitos de la orientación sexual e identidad de género, con 459 incidentes, y los delitos de ideología con 245 sucesos.

En primer lugar, Esteban Ibarra considera que hay un déficit de trabajo para abordar en profundidad las propuestas y la aplicación del plan de acción, porque “no ha habido reuniones”. 

“Esto es una comisión de seguimiento, pero faltan reuniones de trabajo con quienes estamos al pie del cañón, que tendrían que haberse producido en el último año”, señala.

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