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lunes, 26 de junio de 2023

Cero Intolerancia. Programa 6: Contra la discriminación y por la igualdad de trato

 

Ya está disponible el sexto programa de cero intolerancia, en este programa abordamos el derecho a la igualdad de trato y no discriminación así como la aprobación de la nueva ley integral para la igualdad de trato y no discriminación y sus posibles mejoras. 

Este programa de cero intolerancia está realizado por Movimiento contra la Intolerancia a cargo del IRPF por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

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miércoles, 7 de diciembre de 2022

Cero Discriminación. Episodio 11. Indicios de los Delitos de Odio

 


Para identificar si ofensas, incidentes y delitos podrían estar motivados por odio son necesarios disponer de indicadores que apunten en este sentido, en el episodio de este mes hablamos de ellos. ‘Cero Discriminación’ es un programa realizado por Movimiento contra la Intolerancia a cargo del IRPF por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

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martes, 12 de julio de 2022

Informe Raxen nº82. Peligroso olvido del Antisemitismo en la Ley Integral para La Igualdad de Trato y la No Discriminación

 

La aprobación por la Comisión de Igualdad del Congreso del Informe de la Ponencia de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación conlleva un pecado no venial, como es la ausencia de mención alguna al histórico, grave y actual problema de la discriminación antisemita que alcanza a las personas y comunidades judías así como a sus allegados y defensores.

Amén de otros errores dignos de mencionarse junto a este olvido escatológico que debería hacer reflexionar a nuestros representantes parlamentarios sobre necesarias modificaciones de esta proposición de Ley. Defendemos y reivindicamos la necesidad de esta Legislación, incluso antes de las Directivas europeas del año 2000 de Igualdad de trato. Pongamos desde el asesinato racista de Lucrecia Pérez donde nuestra asociación comenzó a reivindicar la más amplia legislación para combatir la discriminación e intolerancia, y para proteger la universalidad de los derechos humanos.

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lunes, 30 de mayo de 2022

Antigitanismo, igualdad de trato y Código Penal. Esteban Ibarra

Tras conocer el texto de la Proposición de Ley Integral para la Igualdad de Trato y la No Discriminación que ahora seguirá su camino en el Senado,  quienes estamos comprometidos en la lucha contra la intolerancia, el odio y la discriminación racial, apreciamos con satisfacción la incorporación del término “antigitanismo”, como motivo explícito en la circunstancia agravante del 22.4 del Código Penal y en otros tipos como el 314, 510 y siguientes.
Si bien ya existía esa motivación, inserta en el concepto “racismo” desde la reforma de 1995, siempre he defendido la necesidad de hacerlo claro y, sin ambigüedades, que no dé lugar a escapismo torticero de quienes se conducen con romafobia.
Esto aportará mejores datos sobre incidentes antigitanos, posiblemente tendrá efectos disuasorios, reconocerá un problema histórico, será clarificador para el mundo jurídico y el conjunto de la sociedad y hará mejor justicia para con las víctimas del delito de odio.
El antigitanismo se manifiesta en declaraciones y acciones individuales, y también en políticas y prácticas institucionales, sea por unos u otros, cuando se estereotipa negativamente, se representa distorsionada y en subalternidad, se vierten prejuicios, se estigmatiza, margina, excluye, discrimina, denigra culturas y estilos de vida, se ejerce violencia y discurso de odio contra los gitanos y personas o grupos allegados que apoyan su inclusión, contra la discriminación e intolerancia, estamos ante una forma particular de racismo.
El antigitanismo no comenzó con la era nazi ni se detuvo a partir de entonces, sino que sigue siendo un elemento central de los crímenes actuales cometidos contra los sinti y los romaníes.
Los estereotipos, prejuicios y la animadversión e intolerancia hacia los gitanos no han sido deslegitimados, ni desacreditados con la suficiente fuerza, por el contrario, persisten y se aplican sin oposición.
Más grave aún que la romafobia, se ofertan cosmovisiones antigitanas, al igual que sucede con las comunidades judías, mediante inquietantes proyecciones ideológicas como las que sostuvieron los seudocientíficos alemanes Binding y Loche (1920) que introdujeron la noción de «vidas que no merecen vivir», sugiriendo que los gitanos sean esterilizados y eliminados como pueblo. Esta noción, con el mismo nombre, fue incorporada a la teoría nazi de la raza en 1933 y a las  leyes raciales de Nuremberg, que condujeron al Porrajmos romaní (“Devoración”o genocidio gitano) que acompaño en el Holocausto al pueblo judío (Shoá), donde se asesinó a millones de víctimas
Preocupados por el incremento de la discriminación y agresiones  al pueblo gitano en Europa, que incluyen esterilización, deportación y persecuciones, será en Berlín, en octubre del 2020, cuando la Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto (IHRA) adoptaría una definición de trabajo, no vinculante legalmente, de antigitanismo, como realizo años antes con las definiciones de trabajo de Negación y Distorsión del Holocausto (Toronto, octubre 2013) y Antisemitismo (Budapest, mayo 2016 ) obtenidas tras su fundación en la Declaración de Estocolmo (enero 2000) que actualmente suscriben 37 países miembros, entre ellos España, y la Unión Europea.  
Todos mostraron su preocupación porque la falta de reconocimiento del genocidio romaní esté contribuyendo al prejuicio y a la discriminación, a la romafobia y al racismo que sufren las personas y comunidades romaníes (‘Roma’ se usa como un término general que incluye diferentes grupos relacionados, Gitanos, Travellers, Sinti, Kalés, Égyptiens u otros diversos en cultura y estilos de vida), y en consecuencia, aunaron criterios para definir el antigitanismo, y buscaron una confluencia a través de los hechos, y expresaron que:
 “La discriminación antigitana/antirromaní ha existido durante siglos. Fue un elemento esencial en las políticas de persecución y aniquilamiento contra los gitanos perpetradas por la Alemania nazi, y de aquellos socios fascistas y nacionalistas extremos y otros colaboradores que participaron en estos crímenes.”
“La discriminación antigitana/antirromaní es un fenómeno multifacético que goza de una amplia presencia social y política. Es un obstáculo crítico para la inclusión de los romaníes en la sociedad en general, y actúa para evitar que los romaníes disfruten de igualdad de derechos, oportunidades y una participación socioeconómica.”
En su acuerdo manifestaron que hay numerosos ejemplos que evidencian diferentes conductas o manifestaciones de antigitanismo y sin ser exhaustivos, señalaron como inquietantes y muy graves:
• Distorsionar, negar o justificar la persecución o el genocidio de gitanos, el Porrajmos romaní.
• Incitar, perpetrar y justificar la violencia contra las comunidades gitanas, sus bienes o contra personas gitanas individuales
• Esterilización forzada y otras formas de abuso físico o mental hacia el pueblo gitano
• Perpetuación y refuerzo de estereotipos discriminatorios relacionados con las comunidades gitanas, como personas propensas a la delincuencia o Usar el término «gitano» como insulto
• Responsabilizar colectivamente a todos los sinti y romaníes por las acciones reales o percibidas de los miembros individuales de las comunidades sinti y romaní
• Culpar y hostigar al pueblo gitano por problemas sociales, políticos, culturales, económicos y de salud pública , reales o percibidos .
• Respaldar o alentar mecanismos de exclusión…, como negarles la oportunidad de asistir a escuelas ordinarias o la exclusión de procedimientos o medidas institucionales que conlleven su segregación.
• Regulación sin base legal o que crea condiciones para el reasentamiento arbitrario o discriminatorio de comunidades gitanas e individuos gitanos
• Difundir cualquier forma de discurso de odio contra las comunidades sinti y romaní, por ejemplo, en los medios de comunicación y también en Internet y las redes sociales.

Tras la llegada a España de diferentes grupos y familias gitanas durante el siglo XV, como peregrinos y provistos de bulas papales,  se dictó la primera pragmática antigitana de los Reyes Católicos, en Medina del Campo (1499) que ordenaba la expulsión de los gitanos en un plazo de 60 días.
Posteriores pragmáticas siguieron provocando una gran desestructuración familiar, al separar y destruir las familias, siendo esto uno de los pilares fundamentales para conservar su identidad.
También la prohibición de usar su lengua les privaba de la principal vía de comunicación y expresión, con la consiguiente pérdida de patrimonio ético-cultural, al tratarse de una cultura ágrafa, de transmisión oral.
Un acontecimiento casi olvidado fue la Gran Redada de 1749, conocida como «Prisión general de Gitanos», operación autorizada por Fernando VI y organizada por el  Marqués de la Ensenada
Iniciada de manera sorpresiva y sincronizada en todo el territorio español, el 31 de agosto, con el objetivo inicial de arrestarlos y expulsarlos de los territorios peninsulares, medida que finalmente desestimaron, adoptándose el proyecto encaminado a disolver la etnia gitana separando físicamente hombres y mujeres, con encierros laborales hasta el fin de sus días. 
Durante los períodos liberales y en especial con la Constitución de Cádiz de 1812 los gitanos fueron reconocidos como ciudadanos españoles; se abandona el antiguo criterio basado en la exigencia de una residencia fija y basta con haber nacido en España para ser español.
Sin embargo, tras avances, había retrocesos; mención necesaria fue la promulgación de la Ley de Vagos y Maleantes en 1933, durante la República, que se aplica especialmente a los gitanos, así como durante la guerra civil española, en 1937, que se redactó en Burgos un anteproyecto de ley de expulsión de judíos y gitanos.
Durante la dictadura de Franco se vuelve a situaciones de represión con la prohibición de usar la lengua romaní, considerada como jerga de delincuentes; aparece la Ley de Peligrosidad Social que se aplica con especial dureza a los gitanos y en 1942, se promulga la ordenanza de la guardia civil, que ordena la vigilancia, control y represión de los gitanos.
Seria nuestro maestro Juan de Dios Ramírez Heredia quien, como diputado en Cortes por la UCD, el 8 de junio de 1978, defendía “los derechos de una minoría marginada”, poniendo de manifiesto que “somos personas humanas… sujetos de derechos y deberes” y afirmando que : la defensa de las minorías no tiene “por qué ser bandera política de ningún grupo parlamentario, de ningún partido político… sino que es patrimonio de toda la humanidad”.  
El motivo concreto era la petición al Gobierno de derogar tres artículos del Código de la Guardia Civil (de 1942), desde una perspectiva constitucional “Quisiera llevar al ánimo de sus señorías unos puntos de meditación que, en definitiva, sean los que sienten las bases mínimas de un programa coherente de convivencia de la sociedad gitana,  de  convivencia de una comunidad marginada,  en  ese contexto de libertad democrática que estamos estrenando todos los españoles”.
Y así fue, un hecho que marcaría la historia democrática de la lucha contra el antigitanismo en España.
Conocí personalmente a Juan de Dios tras episodios muy trágicos  como los ataques a gitanos en Mancha Real (1991).
Nos movilizamos y hemos participado en campañas solidarias con el pueblo gitano, y juntos, compartimos con Violeta Friedman, sobreviviente del Holocausto, el activismo contra el racismo y la intolerancia y  la incidencia político-legislativa para cambiar esta realidad discriminatoria y puedo certificar que de mi hermano Juan de Dios, como así nos tratamos, he aprendido el combate contra el antigitanismo, además de enriquecerme moralmente con su fraternidad.
Los éxitos en este avance en los Derechos Humanos le deben mucho al compromiso y perseverancia del presidente de la Unión Romaní.
La proposición de  Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación conlleva la disposición de explicitar el antigitanismo en el Código Penal, a partir de una enmienda de Ciudadanos, y positivo es.
No obstante, conviene recordar la constatación muy grave de una omisión tóxica, de un olvido escatológico que se ha de cambiar,  no hay mención alguna al antisemitismo, y nos enciende las alarmas.
Un peligroso aliado del antisemitismo es ignorar el problema, banalizarlo o trivializarlo, opacarlo, ocultarlo, situarlo en el ostracismo legal, político y social, en definitiva,  no ver el virus antisemita. 
Y, además, ¿es contrario a la aprobación por la Comisión de la UE de la”Estrategia (2020-2030) para combatir el antisemitismo y apoyar la forma de vida judía?”  Que nadie se equivoque, la lucha contra el antigitanismo, el antisemitismo y toda forma de racismovan indisolublemente unidas.
Corríjanlo señorías, corríjanlo, no desgracien ustedes esta importante Ley y sus avances.
Sastipen thaj mestipen. (Salud y Libertad)

miércoles, 4 de mayo de 2022

EL PELIGROSO OLVIDO DEL ANTISEMITISMO EN LA LEY DE IGUALDAD DE TRATO


Carta abierta a sus Señorías

La aprobación por la Comisión de Igualdad del Congreso  del Informe de la Ponencia de la Ley integral para la igualdad de trato y la no discriminación conlleva un pecado no venial, como es la ausencia de mención alguna al histórico, grave y actual problema de la discriminación antisemita que alcanza a las personas y comunidades judías  así como a sus allegados y defensores, amén de otros errores dignos de mencionarse junto a este olvido escatológico que debería hacer reflexionar a nuestros representantes parlamentarios sobre necesarias modificaciones de esta proposición de Ley..

Defiendo y reivindico la necesidad de esta Legislación incluso antes de las Directivas europeas del año 2000 de Igualdad de trato, pongamos desde el asesinato racista de Lucrecia Pérez donde nuestra asociación comenzó a reivindicar la más amplia legislación para combatir la discriminación e intolerancia, y para proteger la universalidad de los derechos humanos. Muchos de los avances institucionales al respecto han venido precedidos de nuestra lucha con sufrimiento, a veces muy en solitario, y  con el dolor de las víctimas, especialmente de crímenes de odio.

He colaborado en la redacción de esta necesaria Ley en cuatro ocasiones desde la época del gobierno socialista de Zapatero, hasta hace poco tiempo con el gobierno actual, y nunca entendí los retrasos en su aprobación; colaboré con la  Llei d’igualtat de tracte i no-discriminació aprobada por el Parlament (2020), así como con todas las CC: Autónomas que me lo pidieron, como sucedió en Madrid, donde su aprobación no se concretó. Y en todas reafirmé la necesidad de denunciar, luchar y en especial,  apoyar a las víctimas del racismo, la xenofobia, el antisemitismo, la lgtbifobia, la misoginia, el sexismo y otras formas de intolerancia, lo que proyecté en todos nuestros informes a los diputados y especialistas.

Sin embargo,  en este Informe de la Ponencia se  constata una omisión tóxica,   no hay mención alguna a la intolerancia y discriminación antisemita. Eso genera gran zozobra e inquietud en las personas, entidades y comunidades afectadas, pues somos conscientes de la realidad que señala la Unión Europea,  verificable también en España, cual es al avance de los tres principales vectores del antisemitismo actual, que son señalados en sus informes, como los extremismos izquierdistas y derechistas o neofascistas, y un tercero vinculado en especial a la interpretación del  yihadismo.

¿Olvido o Borrado?

Sorprende la omisión en el texto de la más mínima referencia a combatir el antisemitismo, y en cambio contrasta con la justa apreciación del antigitanismo, de la xenofobia, la homofobia, la transfobia, entre otras fobias e intolerancias. ¿Se nos deben encender las alarmas? Un peligroso aliado del antisemitismo es ignorar el problema, banalizarlo o trivializarlo,  opacarlo, ocultarlo, situarlo en el ostracismo legal, político y social, en definitiva,  no ver el virus antisemita.  ¿Qué les ha sucedido a sus señorías? ¿Se les  pasó? ¿Es desconocimiento? ¿Fue una omisión imprudente o dolosa? ¿Olvido o Borrado? En la Exposición de Motivos de la Proposición de Ley, donde se referencian términos y se explican fundamentos jurídicos y políticos del posterior articulado. ¿Por qué no se hace explicita la mención a la aprobación por la Comisión de la UE de la ”Estrategia (2020-2030) para combatir el Antisemitismo y apoyar la forma de vida judía?”, que implica la lucha contra discriminación.

Convendría recordar, de forma inexcusable, que una de las pioneras en la lucha contra la discriminación antisemita en España fue Violeta Friedman, un combate que comenzó en 1985 contra el general de las Waffen SS, preferido de Adolf Hitler, León Degrelle, por denigrar a las víctimas judías de la Shoà,   ganado en el Tribunal Constitucional (1991) y que extendió en favor de la lucha general contra la discriminación y el odio durante su presidencia de honor en Movimiento contra la Intolerancia. La Sentencia  del Tribunal, presidido por Francisco Tomás y Valiente, posteriormente asesinado por ETA, cuyo ponente fue el magistrado Vicente Gimeno,  tras solicitar amparo constitucional el abogado Jorge Trías, en nombre  de Violeta, demandante y sobreviviente de Auschwitz, planteó una brillante pedagogía  donde la sentencia insiste en que ni la libertad de expresión, ni la liberad ideológica, comprenden el derecho a efectuar manifestaciones, expresiones o campañas de carácter racista o xenófobo, pues como dispone el art.20.4, no existen derechos ilimitados. y ello es contrario a bienes constitucionales como la dignidad humana.

La  contundente Sentencia, importante en  la reforma del Código Penal de 1995, condenó el negacionismo del Holocausto y defendió que “La dignidad como rango o categoría  de la persona como tal, del que deriva  y en el que se proyecta el derecho al honor (art. 18.1 C.E) no admite discriminación alguna por razón de nacimiento, raza o sexo, opiniones o creencias. El odio o el desprecio a todo un pueblo o a cualquier etnia) son incompatibles con el respeto a la dignidad humana…”. Desde 1995, el C.P. recogió el antisemitismo en los art. 22.4, 510 y otros tipos penales.

Hoy día,  se reconoce como imprescindible  la Memoria  de la Víctima y cabe mencionar que en el necesario combate contra el Antisemitismo y la Negación del Holocausto, el aporte de sobrevivientes como Primo Levi, Poliakov, Wiesel, la propia Violeta Friedman..y otros, son la matriz del reclamo a las Leyes de  compromiso al respecto, como recoge la Declaración Marco de Derecho Penal contra el Racismo y la Xenofobia, que requiere a todos los países de la Unión su incorporación para combatir la discriminación antisemita y el negacionismo. En la Unión Europea se es muy consciente  que primero vino  la institucionalización de una discriminación que ya existía en las calles, mediante las Leyes de Nuremberg, y después se avanzó hacia el exterminio por una senda donde el fanatismo fue la gasolina.

La Unión Europea advierte del problema

Que no se conteste que es suficiente con el Código Penal, pues no es así. Escuchen a  la Comisión de la UE en la aprobación  de  la Estrategia  Europea contra el Antisemitismo  que entre un conjunto amplio de medidas, realiza este llamamiento: “Se anima a los Estados miembros a que: Garanticen que los organismos nacionales de igualdad estén adecuadamente equipados para asegurar que los incidentes de discriminación antisemita se atiendan y denuncien debidamente.  Hagan frente a la discriminación antisemita en todos los ámbitos, como la educación y la formación, el empleo, la salud y la vivienda, mediante acciones específicas, por ejemplo, de Formación y Sensibilización”

Y en su dictamen añade y enfatiza un mandato a efectos de  lege ferenda : Los organismos nacionales de igualdad promueven, analizan, supervisan y apoyan la igualdad de trato. En 2022 a más tardar, la Comisión propondrá nueva legislación que refuerce su papel. Las Cartas de la Diversidad incitan a las organizaciones a desarrollar y aplicar políticas de diversidad e inclusión en el lugar de trabajo. La Plataforma de la UE sobre las Cartas de la Diversidad se ha creado para permitir el intercambio y la puesta en común de las experiencias y buenas prácticas derivadas de las cartas existentes. También deben afrontar sistemáticamente los retos concretos que supone la detección del antisemitismo en el lugar de trabajo y la lucha contra él. Los datos sobre igualdad correspondientes a personas judías son relativamente escasos debido a los aspectos sensibles de la recogida de datos en función del origen racial o étnico, la religión o las creencias, y al hecho de que los judíos europeos forman un grupo bastante reducido”

Resulta chocante que no exista mención alguna a la firma por parte de Carmen Calvo, en nombre del Gobierno, de la Declaración sobre el Antisemitismo, siendo parte del IHRA (Alianza Internacional para el Recuerdo del Holocausto ), de la que España conforma junto a 36 países y a la propia Unión Europea, donde se asume que  "El antisemitismo es una cierta percepción de los judíos, que puede expresarse como odio hacia los judíos. Las manifestaciones retóricas y físicas del antisemitismo están dirigidas a individuos judíos o no judíos y / o sus propiedades, hacia instituciones de la comunidad judía e instalaciones religiosas”.

Actos de intolerancia que no se contemplan

En España se producen numerosos actos de intolerancia antisemita, no registrados, también de  intolerancia ideológica o por origen territorial, entre otros, que afectan a una pluralidad indeterminada de personas, que no están  referenciados en el texto de la Ley,  aunque la clausula general antidiscriminatoria conforme al artº14 de la CE, siempre será una salvaguarda. Pero en el caso de la profusión de discursos de odio relativos a la negación o banalización  del Holocausto, de delitos de genocidio  y de lesa humanidad, queda fuera pues solo es posible abordarlo, penalmente cuando estos favorecen un clima de violencia, hostilidad, odio o discriminación, quedando muchas acciones relacionadas con la intolerancia antisemita sin sanción o reproche legal alguno. Sin embargo organismos internacionales como la ECRI del Consejo de Europa, ODHIR de la OSCE y otros, insisten en  considerarlos también infracciones en el ámbito civil o administrativo.

Los actos de intolerancia, por cierto indebidamente no recogidos  en el artículo 6 relativo a las “Definiciones”,  suponen rechazo, desprecio e irrespeto por ser distinto o contrario, negándole dignidad y derechos (UNESCO 1995), lo que  alcanza a personas y colectivos por su condición de “diferentes” y a numerosos incidentes de odio. Esto afecta de manera significativa a las comunidades judías y a las entidades que les apoyan y defienden; sufren humillaciones, vilipendios, temor a desvelar su identidad, boicoteos como el caso de artistas que han visitado Israel, llamamiento a la desinversión en empresas que mantienen esa relación, promueven resoluciones en instituciones públicas que luego son declaradas ilícitas o sancionadas por los tribunales españoles y europeos, Ni que decir tienen de la simbología neonazi,  las pintadas en sinagogas, los acosos telefónicos, los escraches universitarios, el hostigamiento en las redes, y que muchos son vertidos desde esa triple perspectiva antisemita señalada, así como un sinfín de actos, hoy fuera del ámbito penal, desde  difamaciones “ad hominen” en campañas twuiteras, hasta desinformación y doble rasero interesado,   demonización y deslegitimación  que alientan el antisemitismo, junto a las nuevas teorías de la conspiración vinculadas al COVID,  y que no son debidamente abordadas en nuestro país. 

Además del reproche social frente a los comportamientos de intolerancia y  discriminación, así como la  defensa de la igualdad de trato, necesitamos una legislación democrática bien construida, que no deje espacio a la impunidad  y que posibilite su  aplicación sin errores, Necesitamos el refuerzo de la Ley,  junto a políticas que no se deben  de hacer esperar, por el contario, de no ser así nunca cubriremos este importante déficit de combatir  el Antisemitismo que aún tenemos en nuestro país, como nos mostró el bochornoso archivo de la denuncia de una joven neonazi que vertió proclamas antijudías en una reciente manifestación en Madrid. Ténganlo presente, su crecimiento o reducción,  es una buena métrica de la intolerancia en una sociedad.

Corríjanlo señorías, corríjanlo, no desgracien Vds. esta importante Ley.

Esteban Ibarra

Presidente de Movimiento contra la Intolerancia

SºGral. Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y Discriminación

 

miércoles, 2 de marzo de 2022

Apuntes Cívicos: Contra la Discriminación, por la Igualdad de Trato

 


Basado en un análisis empírico, desde la experiencia y la observación de los hechos, siempre con un enfoque fundado en la universalidad de los derechos humanos, asumidos constitucionalmente por España, la reivindicación del Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y sobre todo, de Movimiento contra la Intolerancia que desde 1995 viene reclamando que se amplíe el reproche penal a los motivos de odio y discriminación referidos en el art.22.4 del Código Penal y en otros delitos que atentan a las libertades y derechos fundamentales, adquirió progresivamente más insistencia tras experiencias criminales que llegaron a la comisión de asesinatos, así como por el discurso de odio con la aparición y globalización absoluta de las redes sociales, en especial desde comienzos de la década inicial del siglo actual.


lunes, 1 de marzo de 2021

Día de la Cero Discriminación

El Día de la Cero Discriminación se celebra cada año el 1 de Marzo.

La discriminación hace referencia a cualquier acto o comportamiento que tiene por objeto o resultado la violación de los derechos humanos fundamentales que todas las personas disfrutan en pie de igualdad.
El derecho a la no discriminación implica que todas las personas reciban un trato digno: que se respete su dignidad humana, autonomía, privacidad y confidencialidad, y que se les garantice la ausencia de coacción y abuso en igualdad de condiciones.

miércoles, 17 de febrero de 2021

Opinión de Esteban Ibarra sobre la Ley de Igualdad de Trato y no Discriminación


Fuente: El Plural

 Este martes se ha debatido en el Congreso de los Diputados la denominada ley Zerolo (proposición de ley de igualdad de trato y no discriminación) registrada por el PSOE y que tanto revuelo provocó. Su socio de Gobierno, Unidas Podemos, manifestó públicamente su “enorme malestar” pues, según los morados, ambos grupos decidieron previamente presentarla conjuntamente. En este sentido, las asociaciones y ONGs celebran el paso dado, pero instan a socialistas y morados a aparcar sus diferencias en pos del bien común.

Los socialistas registraron este texto en la Cámara baja el pasado 21 de enero. En sus páginas se especifica que "nadie podrá ser discriminado por razón de nacimiento, origen racial o étnico, sexo, religión, convicción u opinión, edad, discapacidad, orientación o identidad sexual, expresión de género, enfermedad, situación socioecónomica o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Y los principales ámbitos que regula son el laboral, el educativo, el sanitario y el de la vivienda, aunque también prevé mecanismos en otros como el de justicia o el administrativo. Asimismo, la propuesta articula una respuesta sancionadora no penal para los casos que, hasta el momento, no estaban contemplados en el Código Penal y, por tanto, quedaban impunes.

Desde ElPlural.com hemos hablado con varias de las asociaciones, colectivos y ONGs que han participado de las reuniones y en la redacción del articulado, y todas coinciden en que es un gran paseo adelante que requerirá profundización en un futuro.

El presidente de Movimiento contra la intolerancia, Esteban Ibarra, subraya que se trata de una “reclamación antigua” pues “llevamos muchos años luchando contra la discriminación”. “Recibió un impulso en el 2000 con la aprobación de las directivas de igualdad de trato en la UE. A partir de ahí, reclamar esa legislación antidiscriminatoria tuvo más contundencia, aunque las directivas tardaron tres años en ser traspuestas”, añade.

En opinión de Ibarra, “tiene virtudes y también insuficiencias. Sitúa en la igual dignidad humana el bien jurídico a proteger. Esto es un avance. Tiene alcance universal, es para todas las personas por cualquier característica o circunstancia, como recoge la Constitución. También obtiene un régimen de sanciones y un comisionado que las aplique. Ahora, como insuficiencia está poco tratada la protección de las víctimas. Echamos en falta un titulo especifico y no se recoge un Consejo General de la Igualdad de trato”. Así mismo, defiende que “el comisionado tiene que ser una figura claramente independiente. Tendría que ser elegida por las Cortes”.

El responsable de relaciones institucionales de Hogar Si, Gonzalo Caro, señala que existen diversos “factores discriminatorios que provocan exclusión. Se discrimina por multitud de cuestiones”. En este sentido, y en lo que ataña a su asociación, celebra que la ley Zerolo “ayuda tanto para paliar la situación que te puede llevar al sinhogarismo” como acabar con las dificultades para salir de él.

“La discriminación se produce por ser pobre. La ley puede ser un avance y vamos a hacer propuestas para mejorar el texto”, ha añadido en declaraciones a este periódico.

Sobre las tensiones con Podemos, evita pronunciarse: “No entramos a valorar lo que sucede dentro de un Gobierno de coalición. Hacemos nuestras propuestas y se las hacemos llegar a todos los partidos. Las relaciones entre ellos no nos ataña”.

Vladimir Paspuel, de la Asociación Rumiñahui, asegura que tras muchos años trabajando en ella, por fin “se reactive y se ponga sobre el escritorio”. “Cuando el PSOE la ha presentado nos ha alegrado”, dice.

En este sentido, también valora el trabajo de Unidas Podemos, que “lo hemos visto muy positivo aunque ha habido dificultades”.

“Instamos al Gobierno a que los dos partidos limen discrepancias y acuerden por el bien de la ley y de la gente”, insiste, al tiempo que precisa que el articulo requiere una mejora: “Por ello pedimos a todos los partidos y a la sociedad civil que elaboren propuestas”.

Por su parte, Toni Poveda, de CESIDA, pone el foco en que "es una ley que va a afectar a toda la población. No es una ley para minorías. En algún momento por algún motivo podemos ser discriminados. Edad, enfermedad, orientación sexual… La discriminación que sufren las personas por VIH a la hora de hacerse un seguro, acceder a la vivienda o cualquier motivo no debe salir gratis. Afortunadamente, si esta ley sale adelante, por primera vez se incluirá esta discriminación, el de discriminación por enfermedad”.

Miguel Ángel Fernández, de la Fundación Pedro Zerolo, ha celebrado su “profunda satisfacción por la presentación de la proposición de ley”, “una ley que fue impulsada por el propio Pedro Zerolo durante su etapa de secretario de Movimientos Sociales del partido socialista y por la que tanto luchó, y que lamentablemente no pudo ver aprobada, como siempre fue su deseo”.

“Una ley necesaria porque que en palabras de Pedro Zerolo ‘discriminar no puede salir gratis’. Una ley para una gran mayoría social, porque toda la ciudadanía en algún momento de nuestra vida podemos ser objeto de discriminación”, ha apostillado.

El dirigente de la Unión Romaní, Mariano González, ha lamentado que “como colectivo éramos los que menos protegidos estábamos y estamos”, por lo que “ojalá fuera ya un hecho”, aunque “nunca es tarde si la dicha es buena”. En este punto ha agradecido al PSOE que siempre haya visibilizaos al colectivo gitano y ha valorado que “todos hemos querido y trabajado con Zerolo”.

“Esto es el inicio del camino. Luego lógicamente las comunidades autónomas deben empezar a trabajarla” contando con la participación de los colectivos.

Con respecto a Podemos, González ha explicado que “esa ley, sea se ley Zerolo o de Unidas Podemos o de quien sea, no debe ser una ley politizada sino una ley de colectivos, segmentos y población que estamos siendo afectados. Las rencillas políticas me parecen estupendas, pero no debe ser un palo en la rueda. Me da lo mismo que sea Podemos que PSOE”.

Javier Font, de FAMMA, ha solicitado que se preste especial atención a los palzos, pues “existe un periodo legal que hasta que puedes llegar a una conclusión es muy complicado. Nos pasa con otras normas. Está muy bien que haya un marco jurídico, pero debe haber un marco administrativo que lo desarrolle. Si existen situaciones en los que las administraciones tienen que intervenir suele ser enormemente tedioso. Es desolador los plazos de espera”.

Por último, Jesús Martín Blanco, de CERMI, ha instado a las y los portavoces de los grupos parlamentarios del Congreso su respaldo a la toma en consideración de la Proposición de Ley Integral de Igual de Trato y No discriminación, pues “el movimiento social de la discapacidad viene reclamando desde hace años la necesidad de que España se dote de un marco general de igualdad de trato y no discriminación, que garantice transversalmente los derechos de todas las personas y en especial de aquellas integradas en grupos sociales singularizados más expuestas a conductas discriminatorias”.

miércoles, 3 de febrero de 2021

Los colectivos en defensa de la igualdad y la tolerancia señalan que los discursos de odio maquillados con el humor continúan siendo delito

📻 Entrevista a Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia y a José Vega, representante de Fakali, Mujeres Gitanas Universitarias
🔊Escucha aquí 👉🏼 EMA RTV

Con motivo de la celebración del 30 de enero, Día Escolar de la Paz y la No Violencia, los centros educativos se comprometen como defensores de la paz y entendimiento entre personas de distinta procedencia y modos de pensar. 

Esta efeméride coincidía con la proposición de ley integral para proteger a las víctimas de discriminación frente a los discursos de odio presentada esta semana por el PSOE. Esta iniciativa pretende garantizar la igualdad de trato de todas las personas, combatir el racismo, reparar y atender a las víctimas de discriminación.

Con esta norma se busca que España no sea una excepción en la UE sobre medidas de igualdad de trato, prevención y lucha contra los discursos de odio.

viernes, 22 de enero de 2021

Movimiento contra la Intolerancia reclama que se prohíban y sancionen la humillación y vejaciones en Internet y redes sociales

 

Fuente Confilegal. 

 
Según informa a Confilegal su presidente, Esteban Ibarra, han crecido exponencialmente durante la pandemia del coronavirus.

El último caso que ha detectado atenta contra las víctimas de la explosión de gas esta semana en un edificio de Madrid.

El presidente de esta asociación de derechos humanos explica que en Youtube y redes sociales se han difundido mensajes de odio antireligiosos hacia los fallecidos, como, por ejemplo «tres abusadores menos», en referencia a los sacerdotes víctimas, e ironías y humillantes calificando el suceso de «castigo divino».

«Espero que los curas de la explosión aprovecharan para coger impulso para llegar rápido al Cielo», «por la explosión, unos cuantos curas menos. Vamos 2021! Viniste a hacer Justicia!!!», son algunos de los mensajes.

También le «repugna» ver las «humillaciones» que, según denuncia, «se están virtiendo hacia los inmigrantes a raíz de la situación migratoria en Canarias».

Señala que en redes sociales se califica de «invasión», se insulta a los inmigrantes e incluso se difunden amenazas graves de carácter xenófobo.

Movimiento contra la Intolerancia y el ‘Consejo de Víctimas contra la Discriminación y los Delitos de Odio’ valoran positivamente la Proposición de Ley Integral para la igualdad de trato y la no discriminación, registrada ayer por PSOE en el Congreso de los Diputados.

«No puede esperar más esta Ley. Es una necesidad social», sentencia Esteban Ibarra.

Ambos colectivos piden al resto de grupos parlamentarios que sean «sensibles» a esta demanda social, «que arrancó hace dos décadas, en 2000, cuando se aprobaron las Directivas Europeas para la Igualdad de Trato y la no discriminación».

Según recuerda, en nuestro país, esta ley se ha visto frustrada en varias ocasiones.

Ibarra destaca que según el texto de la PL, esta futura Ley establece en los artículos 1º y 2º la igualdad de trato y respetar la dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución, regulando derechos y obligaciones, así como estableciendo principios de actuación de los poderes públicos y previendo medidas antidiscriminatorias contra toda forma de discriminación.

«En su articulado se abordan aspectos de gran importancia -ya recogidos en anteriores propuestas-, como el carácter universal y para todas las personas de la protección antidiscriminatoria, las garantías del derecho de igualdad de trato y la no discriminación, el establecimiento de un Comisionado como autoridad, y el régimen de infracciones y sanciones«, señala Ibarra.

Movimiento contra la Intolerancia reclama que en la PL se recoja también la «prohibición y la sanción de la estigmatización social y los incidentes de odio basados en el rechazo, desprecio, y el no respeto a la diversidad de la condición humana».

Pide que esta Ley «persiga» toda «manifestación, propaganda, mensaje, expresión, acción y toda organización, cualquiera que sea su forma o razón que sin tener la consideración de ilícito penal realice, fomente, divulgue, promueva, justifique o incite a la comisión de acciones discriminatorias, de odio e intolerancia racista, xenófoba, antisemita, islamofoba, supremacista, cristianófoba, lingüística, LGTBIfóbica, misógina y sexista, antigitana, negrófoba, y otra similares”.

Además, echa en falta la creación de un Consejo de Igualdad de Trato, con participación de las organizaciones de víctimas y entidades de diferentes sectores sociales, y pide que se incluya.

También reclama que «se mejore el tratamiento a las víctimas» porque, a su juicio, en esta PL «queda insufientemente reflejada la atención, el apoyo y la información que les se debe dar».

En este sentido, pide la creación de un Protocolo de actuación, información y de atención, así como medidas de apoyo a las víctimas.

También solicita «campañas informativas para fomentar la denuncia de las víctimas, y superar la actual situación de infradenuncia».

«Según la Agencia de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, sólo se denuncia el 30% de lo sucedido», apunta Ibarra.

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio hacen un llamamiento a los grupos parlamentarios para que saquen adelante esta Ley, con las mejoras reclamadas, «que beneficiará a la sociedad y la convivencia».




Nota de Prensa. Ley Igualdad de Trato

 

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas contra la Discriminación y los Delitos de Odio valoran positivamente la presentación de la Proposición de LEY PARA LA IGUALDAD DE TRATO Y NO DISCRIMINACIÓN presentada por el PSOE en el Parlamento Español.

En la confianza de que todos los grupos parlamentarios serán sensibles a una demanda social que arranca desde el 2000, que se ha visto frustrada anteriormente en varias ocasiones y que hoy día no puede esperar al ser una necesidad social objetiva coincidente con las Directivas Europeas que al respecto y sectorialmente han sido trasladadas a todos los gobiernos, la Ley para la Igualdad de Trato que se debatirá en el Parlamento debe de contemplar mejoras que hemos reivindicado desde la sociedad civil que abordamos estamos esta realidad, muy especialmente Movimiento contra la Intolerancia y Consejo de Víctimas de Delitos de Odio y Discriminación, así como otras ONGs y Plataformas que defienden la protección universal de todas las personas frente a la sinrazón de cualquier discriminación.

Esta perspectiva, en la que se sitúa la Ley, recoge en los art.1º y 2º la igualdad de trato y respetar la dignidad de las personas en desarrollo de los artículos 9.2, 10 y 14 de la Constitución, regulando derechos y obligaciones así como estableciendo principios de actuación de los poderes públicos y previendo medidas antidiscriminatorias contra toda forma de discriminación. En su articulado se abordan aspectos de gran importancia ya recogidos en anteriores propuestas, aunque la sociedad ha cambiado mucho y la globalización y las comunicaciones nos llevan a reclamar una Ley lo mas actual posible y con perspectiva de futuro en cuanto a los nuevos retos de convivencia que ya se vislumbran.

Esperamos que en la tramitación parlamentaria se corrija, por ejemplo, el no incluir diferentes actos de intolerancia que hoy día muchas personas sufren, como son campañas de estigmatización e incidentes de odio basados en el rechazo, desprecio o el irrespeto a las diversas expresiones de la condición humana que no quedan reflejadas en la Proposición de Ley Esta necesidad es obvia y se observa, por ejemplo, en Internet y las Redes Sociales, donde la humillación y vejaciones deben de ser prohibidas en todo ámbito, significando especialmente: “toda manifestación, propaganda, mensaje, expresión, acción y toda organización, cualquiera que sea su forma o razón que sin tener la consideración de ilícito penal realice, fomente, divulgue, promueva, justifique o incite a la comisión de acciones discriminatorias, de odio e intolerancia racista, xenófoba, antisemita, islamofoba, supremacista, cristianófoba, lingüística, LGTBIfobica, misógina y sexista, antigitana, negrófoba, y otra similares”.

De igual manera, el tratamiento a las Víctimas resulta insuficientemente reflejado, así como la participación de la sociedad civil a través de sus organizaciones que intervienen en este ámbito tampoco. La falta de referencia a las víctimas de discriminación e intolerancia, acorde a mandatos y recomendaciones europeas de la necesidad, entre otras, de un Protocolo explicito de actuación Información, atención y medidas de apoyo a las víctimas y la creación de un Consejo de Igualdad de Trato con participación de las organizaciones de víctimas y otras entidades de diferentes sectores, son algunos de sus déficits.

Movimiento contra la Intolerancia y el Consejo de Víctimas de Delitos de Odio, se congratula de la Proposición de Ley y pedimos a los grupos parlamentarios sensibilidad, agilidad en su aprobación, unidad y solidaridad social para encarar este reto que sin duda alguna beneficiará a la sociedad y a la convivencia, de manar que entre instituciones, empresas y sociedad civil avancemos por una España de la concordia, de los valores democráticos y la defensa de la dignidad humana.

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