miércoles, 10 de diciembre de 2014

#DerechosHumanos VS Delitos de #Odio

Los derechos humanos nos pertenecen por el simple hecho de ser personas. Esta es una de las características más importantes de la noción de #derechos humanos. La DIGNIDAD es inherente e intrínseca a la persona humana. Nacemos con ella, nadie nos la otorga y por tanto, nadie nos los puede quitar http://www.un.org/es/documents/udhr/index_print.shtml.

“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”. Artículo 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948).
Sin embargo, a diario vemos como muchas personas son víctimas de un discurso de odio que denigra su dignidad privándoles de los derechos fundamentales. El discurso de odio promueve el racismo, la xenofobia, el antisemitismo o cualquier otra manifestación de intolerancia. Precede siempre a la acción, que es el delito odio, ya que para que exista éste, tiene que darse previamente un discurso que lo alimente y lo haga posible. Dicho delito está motivado pues por intolerancia, es decir, por prejuicios o animadversión que niegan dignidad y derechos a personas y colectivos que estiman diferentes.

Cada año, más de 7.500 personas de todo el mundo presentan denuncias en materia de derechos humanos. 180 países del mundo los violan de alguna manera. La Europa tolerante se ha puesto en guardia ante el ascenso de los partidos de extrema derecha, cuyos programas electorales tienen como base el discurso de intolerancia y odio. En todo el mundo, se producen discriminaciones y delitos de odio de forma reiterada. En nuestro país al año se superan las 4.000 agresiones a personas o colectivos estigmatizados: inmigrantes, gitanos, gentes sin hogar, homosexuales y otros ciudadanos por motivos de diversidad religiosa y social.

Como vemos, el espectro de los delitos de odio es amplio. En España durante el 2013 se denunciaron 1. 172 delitos de odio,  452 por orientación o identidad sexual (la LGTBIfobia es el delito de odio más extendido en nuestra sociedad), otros 380 por racismo o xenofobia, 42 casos de odio vinculados a prácticas religiosas (islamofobia y antisemitismo). Así como 290 denuncias por agresiones contra personas discapacitas. Uno de los colectivos más vulnerables son las personas sin hogar, estas están más expuestas y sufren una criminalización por gran parte de la sociedad que en ocasiones les considera culpable de la situación en la que se encuentran. Internet es el canal perfecto para crear y compartir dicho discurso de odio, señalando y amenazando desde el anonimato. En España hay más de 1.500 web, sites, y demás espacios en redes sociales, que fomentan el odio, la discriminación y la violencia contra el diferente. Mientras que en toda Europa se llega a más de 10.000.
Los objetivos de estos ataques, de los que no se conocen las cifras exactas dado que sólo se denuncia aproximadamente el 4 %, son además de las personas, las mezquitas, las viviendas gitanas, los comercios magrebíes, las sinagogas, la sedes de organizaciones de izquierda e incluso aficionados de fútbol, ONGs antirracistas y periodistas. Muchas víctimas no denuncian por miedo, miedo a ser identificad@s como miembros del colectivo en cuestión, o por descreimiento sobre la utilidad de la misma. En muchos casos las denuncias no llegan por la normalización que la sociedad ha generado ante este tipo de discurso de odio y violencia. Debemos actuar frente a estos delitos, prevenirlos, sensibilizar y educar en tolerancia, identificarlos, neutralizarlos, DENUNCIARLOS. Tanto la Unión Europea como el Consejo de Europa juegan un papel fundamental despertando conciencia sobre esta realidad que atenta contra los derechos humanos y la convivencia intercultural. Campañas como la del #NoHateSpain son ejemplo de la promoción de la participación social en las defensa de los derechos.
 Las medidas institucionales tomadas son insuficientes. No obstante, se han designado Fiscales Especiales para Delitos de Odio y Discriminación. También  hay pocas sentencias que recogen la aplicación del Código Penal en cuanto a tipos y agravantes que hacen referencia a crímenes o delitos de odio, es decir, por las diversas manifestaciones de intolerancia relacionadas con el problema. Aunque hay avances en la formación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado tras la aprobación del Manual de Apoyo para la Formación de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en la Identificación y Registro de Incidentes Racistas o Xenófobos del proyecto FIRIR impulsado por el OBERAXE (Observatorio Español del Racismo y la Xenofobia), por la Secretaria General de Inmigración y Emigración y la Secretaria de Estado de Seguridad. Hay   que insistir en que se debe ampliar a otras Formas de Intolerancia como el Antisemitismo, la Islamofobia, el Antigitanismo, la Homofobia, la Misoginia, la Aporofobia, origen territorial o aspecto  y a toda manifestación de negación o rechazo de la diversidad humana.
Pero existe una prioridad: el reconocimiento de la víctima del delito de odio y discriminación. Mirad hacia otro lado no es una opción, sabemos cuál es el discurso del odio, quién lo construye, cómo se transmite, a quién va dirigido, y conocemos sus dramáticas consecuencias, es necesario pues que la “Ley de protección de las víctimas de delitos de odio” sea una realidad. Dejando así de sufrir el olvido y la doble victimización que éste provoca.
Falta pues lograr el reconocimiento de los derechos de la víctima de odio. Falta lograr un consenso democrático profundo para erradicar el racismo y la intolerancia, educando y defendiendo tod@s a una, los valores democráticos,  la dignidad de la persona y universalidad de los  derechos humanos,  la igualdad, libertad y tolerancia, así como la solidaridad con las víctimas. 
#YoDefiendo los #Derechos Humanos.
¡Juntos contra la #Intolerancia!.


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