jueves, 11 de enero de 2024

«La libertad de expresión no implica libertad de agresión»: Esteban Ibarra, ante el muñeco ‘apaleado’ de Pedro Sánchez

 

Fuente: Confilegal

El presidente del Movimiento contra la Intolerancia, Esteban Ibarra, ha valorado para Confilegal las acciones acometidas por los manifestantes de Ferraz contra un muñeco a imagen de Pedro Sánchez. Unas actuaciones que, para Ibarra, sí suponen un delito de odio.

Esta Nochevieja, Ferraz volvía a verse rodeada de detractores de Pedro Sánchez. En esta ocasión, incluyéndose un muñeco del presidente del Gobierno, al que los manifestantes no dudaban en dar golpes hasta destrozarlo por completo.

Unas acciones que pronto han tenido eco en la esfera política, siendo muchos los representantes de los partidos que han criticado este «muñeco» apaleado. Entre ellos, también la vicepresidenta del Gobierno, Yolanda Díaz, líder de Sumar que aseguraba que no se trataba de un delito de odio, aunque sí lamentaba profundamente estos hecho

Afirmación de que no nos encontramos ante un delito de odio que también ha sido expresada por diferentes abogados y juristas en los últimos días.

Una opinión que no comparte Esteban Ibarra, presidente del Movimiento contra la Intolerancia, que ha asegurado en conversaciones con Confilegal que sí nos encontramos ante un delito de odio. «La libertad de expresión no implica libertad de agresión» ha asegurado Ibarra en conversaciones con este diario.

ESTEBAN IBARRA ASEGURA QUE ES UN DELITO DE ODIO

«Mi valoración es contraria a la de la mayoría de juristas» explica Ibarra en un primer momento. Y es que, a pesar de que muchos han considerado que los actos contra el muñeco de Pedro Sánchez no están incluidos en un delito de odio, para el presidente del Movimiento contra la Intolerancia esto es algo muy distinto.

«El acto de Ferraz, con la piñata de Pedro Sánchez, desde mi punto de vista, es un delito de odio por motivo ideológico» asegura Ibarra. «Concurren distintos elementos, como la incitación directa o indirecta por motivo ideológico o político. Y, además, pudiera concurrir daños a la dignidad de la persona. Todo ello, dentro del artículo 510 del Código Penal».

Un delito de odio, asegura Ibarra, que no solo afecta al actual presidente del Gobierno. «Por otra parte, también podría interpretarse como un daño a la integridad moral. Algo que no sólo afecta a Pedro Sánchez, sino que también afecta al grupo de personas que se identifica con los postulados ideológico-políticos de Pedro Sánchez».

Mi opinión es que se debe aplicar el delito de odio, es decir, la protección o la sanción que prevén los tipos penales de delito de odio, ajustándose a los hechos, sea tanto para Pedro Sánchez, como a Mariano Rajoy, Begoña Villacís, o para cualquier representante político. El discurso o el delito de odio es un mensaje al colectivo. Y no se queda en esas personas, sino que alcanza al grupo humano de afinidad con esa persona.

Un «sí» a entender que las acciones de los manifestantes contra Pedro Sánchez este pasado día 31 se pueden entender como acciones de incitación al odio que Ibarra mantiene a pesar de las muchas voces en contra.

Unas contradicciones de expertos y juristas que se produce, tal y como asegura Esteban Ibarra, debido a la actual legislación que existe sobre la situación, que no establece un claro marco sobre el asunto.

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