viernes, 30 de octubre de 2020

Pasapalabra Especial Halloween


 ¿Te animas a completar este rosco de Pasapalabra Especial Halloween? Descubre los “monstruos” que esconde la Intolerancia en la historia y conoce cómo celebran esta festividad en otros lugares del mundo.

Educatolerancia

Esteban Ibarra: Discurso de Odio: Bienvenido el necesario debate

Confilegal: Discurso de Odio: Bienvenido el necesario debate

La reciente presentación, en forma de Proposición No de Ley de Unidos Podemos, de una declaración de intenciones sobre la ‘Prevención de la Propagación de Discursos de Odio en el Espacio Digital’, aprobada por la Comisión de Interior del Congreso, tiene un gran aroma de desenfoque por extemporánea, confusa y digamos, nada oportuna.

Sea bien llegado si la dicha es buena, en este caso, si pudiera iniciarse un debate al respecto, con rigor, como venimos reclamando desde hace mas de 20 años ante el problema y que, con el tiempo, Internet y las Redes sociales, entre otros, han ayudado a expandir.

En algún momento se ha de abordar seriamente y no está de más evidenciar la preocupación que genera un anuncio inadecuado, que puede confundir por cuanto es tangencial con la libertad de expresión, recordando que los “mensajes odiosos” también están protegidos por las libertades y derechos fundamentales constitucionales y por los derechos humanos comprometidos por las instituciones europeas, como nos evidencian en tratados, leyes y resoluciones.

La cuestionada iniciativa sobre “discursos de odio” se sitúa de manera extemporánea porque no contempla que este debate en Europa ya es largo en el tiempo y que en nuestro país también existe un Convenio Marco de Colaboración suscrito entre el Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y diferentes Ministerios al que asistimos ONG especializadas en materia de delitos de odio.

En este convenio se analiza, entre otros temas, la aplicación del Código de conducta para la lucha contra la incitación ilegal al odio en Internet que las empresas de las TIC se comprometen en su actividad.

Confusa la PNL porque no precisa qué es o qué pauta referencia toma del discurso de odio, posibilitando todo tipo de especulaciones sobre el fondo del asunto y que generan un comprensible “miedo a la censura”.

Y desde luego, muy poco oportuna la iniciativa dado que el 20 de octubre el Parlamento Europeo aprobó una Resolución sobre la Ley de Servicios digitales y las cuestiones relacionadas con los derechos fundamentales que plantea referirse únicamente a los contenidos ilícitos en Internet y las redes. Por consiguiente, esto es serio y no va de gestos de intención dado que afecta a derechos fundamentales que tanto esfuerzo han supuesto su obtención.

¿Qué es el discurso de odio?

Con este término fenomenológico las instituciones europeas y la sociedad civil democrática viene a referir un contenido concreto con la intención de que los legisladores de los diferentes países confluyan en un tratamiento que evite discursos de intolerancia extrema que horrorizaron en Europa y que fueron preludio de guerras, genocidios diversos, incluido el Holocausto.

Convencidos de que “el discurso precede a la acción” y preocupados por el avance de los extremismos, el Comité de Ministros del Consejo de Europa en su resolución (20) de 1997 definió que “abarca todas las formas de expresión que propaguen, inciten, promuevan o justifiquen el odio racial, la xenofobia, el antisemitismo u otras las formas de odio basadas en la intolerancia”.

Así, continúa, “incluida la intolerancia expresada por agresivo nacionalismo y el etno­centrismo, la discriminación y la hostilidad contra las minorías, los inmigrantes y las personas de origen inmigrante”.

Concepto complementado por la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del mismo organismo (marzo de 2016) en su Recomendación número 15 donde reitera que debe entenderse “como fomento, promoción o instigación, en cualquiera de sus formas, del odio, la humillación o el menosprecio de una persona o grupo de personas, así como el acoso, descrédito, difusión de estereotipos negativos, estigmatización o amenaza con respecto a dicha persona o grupo de personas y la justificación de esas manifestaciones por razones de “raza”, color, ascendencia, origen nacional o étnico, edad, discapacidad, lengua, religión o creencias, sexo, género, identidad de género, orientación sexual y otras características o condición personal”.

Esto no se quedaría en una mera declaración de intenciones y está acompañado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que emitiría diversas sentencias donde explicaban que “la tolerancia y el respeto por la igual dignidad de todos los seres humanos constituyen el fundamento de una sociedad democrática y pluralista. En estas condiciones, en determinadas sociedades democráticas puede considerarse necesario sancionar o incluso impedir todas las formas de expresión que difundan, incitan, promuevan o justifiquen el odio basado en la intolerancia” (Sentencia Erbakan v. Turquía, de 6 julio de 2006, § 56).

También advertía sobre estos límites, manifestando que “la libertad de expresión constituye uno de los fundamentos esenciales de una sociedad democrática, una de las condiciones básicas para su progreso y su desarrollo”.

 “Sin perjuicio -continua- del apartado 2 del artículo 10 [de la Convención Europea de Derechos Humanos], es aplicable no solo a las “informaciones” o “ideas” que son recibidas favorablemente o consideradas inofensivas o indiferentes, sino también a las que ofenden, resultan chocantes o perturban al Estado o a cualquier sector de la población”.

“Tales son las demandas del pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura, sin las cuales no existe una “sociedad democrática”. Esto implica, entre otras cosas, que toda “formalidad, “condición”, “restricción” o “sanción” impuesta en la materia debe ser proporcionada al fin legítimo perseguido. (Sent. Handyside v.UK 7 diciembre de 1976 § 49)”.

Los autores del Convenio Europeo de Derechos Humanos buscaron establecer un marco institucional basado en valores democráticos para superar el extremismo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha identificado varias formas de expresión que deben considerarse ofensivas y contrarias a la Convención, incluido el racismo, la xenofobia, el antisemitismo, el nacionalismo agresivo y la discriminación contra las minorías y los inmigrantes.

 Sin embargo, el TEDH también tiene cuidado de hacer una distinción en sus conclusiones entre, por una parte, la incitación genuina y grave al extremismo y, por otra, el derecho de los individuos (incluidos los periodistas y los políticos) a expresar libremente sus opiniones que pueden “ofender, sacudir o molestar” a otros.

En verdad, no existe una definición universalmente aceptada de la expresión “discurso de odio”. La jurisprudencia del TEDH ha establecido determinados parámetros que permiten caracterizar el “discurso de odio” para excluirlo de la protección conferida a la libertad de expresión (artículo 10 del Convenio).

Sobre el discurso de odio en España

En nuestro país la lucha contra el discurso de odio se remonta a 1995, tras introducir el artículo 510 que nos situaba en esa línea requerida a nivel europeo. Posteriormente la reforma del Código Penal de 2015, amplió el artículo 510 contemplando la difusión de estos discursos y su difusión por todo tipo de medios de comunicación lo que incluía Internet y las redes.

Sin obviar todo ello que las libertades de expresión y opinión están protegidas por el artículo 20.4 de la Constitución Española, al afirmar que “estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia”.

En efecto, “libertad de expresión, no es libertad de agresión”, como así es el lema de nuestras organizaciones de derechos humanos que luchamos contra los crímenes de odio, incluido el terrorismo y los crímenes de lesa humanidad.

El discurso de odio en España, su ilícito penal, quedó bien reflejado, como requiere la Decisión Marco relativa a la lucha contra determinadas formas y manifestaciones de racismo y xenofobia mediante el Derecho penal de la Unión Europea, el Convenio contra la Ciber-delincuencia racista y xenófoba y las Resoluciones relativas a los insultos religiosos y discurso de odio contra las personas (2007), al modificar ampliamente el artículo 510 y siguientes del Código Penal (2015).

En su primer inciso sanciona precisamente a “quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad”.

En consecuencia, incitar al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona, es lo que ya está sancionado y que en nuestro país entendemos por discurso de odio ilícito penalmente, lo que no evita que esté exento de crítica dado que el universo que protege lo hace con un ‘numerus clausus’ que no alcanza a quienes lo padecen por su origen territorial, su aspecto físico, su edad, condición de pobreza, su lengua, cultura y otros factores que la Constitución si ampara en un ‘numerus apertus’ que concreta su artículo 14.

Y lo hace con su expresión “o cualquier otra condición o circunstancia personal o social”, lo que también recoge el Código de Justicia Militar en la sanción discriminatoria, sin que nadie alegue el principio de taxatividad o inseguridad jurídica.

Lo que es ilegal fuera de la Red, también lo es en Internet

El debate sobre el discurso de odio en las Redes e Internet ha de ser abordado y ya hay bastantes quejas sobre lo que las plataformas retiran o mantienen. La lucha contra el discurso de odio en línea no puede olvidar, que estas plataformas no son jueces y obran según sus propios criterios.

Según la última estimación del 22 de junio, evalúan el 90% de los contenidos señalados en un plazo de 24 horas y retiren el 71% de los que consideran constitutivos de incitación ilegal al odio, en comparación con el 40% y el 28% cuando el Código se puso en marcha (2016).

Esto permite considerar que es posible la existencia de situaciones arbitrarias y por tanto de actos limitativos de derechos fundamentales que deciden estas empresas privadas.

La propia Resolución sobre la Ley de Servicios digitales y las cuestiones relacionadas con los derechos fundamentales recuerda que, según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), la eliminación de contenidos debe realizarse a raíz de una orden judicial de un Estado miembro.

Los proveedores de alojamiento de datos pueden recurrir a herramientas y tecnologías de búsqueda automatizadas para detectar y eliminar contenidos equivalentes a otros declarados ilícitos previamente, pero no han de estar obligados a realizar una supervisión general de la información que almacenan ni a buscar activamente hechos o circunstancias que indiquen actividades ilícitas, como se establece en el artículo 15, apartado 1, de la Directiva 2000/31/CE.

El Parlamento europeo señala que las plataformas de internet siguen siendo un lugar estratégico para las actividades terroristas y se utilizan como instrumentos de diseminación y propaganda, además de para captación y promoción de actividades.

Estima necesario hacer frente a toda forma de delincuencia, de explotación sexual; que la privacidad ha de ser protegida y que las actividades en línea permiten conocer a fondo la personalidad y hacen posible su manipulación general e indiscriminada de datos personales relativos a cada uso de un servicio digital; que la publicidad política engañosa u opaca es una especial amenaza, junto a las practicas desinformativas facilitadas por el uso de estos medios.

Y no debemos olvidar que lo ilícito que aquí señalamos debe de ser comunicado a la autoridad competente, lo que en España se puede y debe traducir en la Fiscalía de delitos de odio, evitando equivocarlo con los “mensajes odiosos” que muchos confunden y no aguantan.

Conviene dejar avanzar a la Unión Europea al respecto de esta Ley, no precipitarse y debatir, eso sí, sin oportunismo político alguno, evitar sesgos ideológicos o religiosos y tener muy presente esto de la tolerancia y aquello del primer artículo de la Declaración Universal de Derechos Humanos que dice: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.

‘Tertulia en Onda con Café’ LesGaiCineMad


Esta semana compartimos desde ‘Tertulia en Onda con Café’, un programa realizado por Movimiento contra la Intolerancia y subvencionado por Junta Municipal del Distrito de Centro del Ayuntamiento de Madrid, la visita de LesGaiCineMad, el festival internacional de cine de temática LGBTIQ+ que celebra su 25º aniversario del 28 de octubre al 15 de noviembre. Lo hará de manera presencial, cumpliendo con las medidas de seguridad sanitarias tomadas por la organización con respecto a la Covid-19 y dentro del contexto de #CulturaSegura, al que el festival se ha adherido.

Onda Verde

jueves, 29 de octubre de 2020

Racismo y Xenofobia en el mercado de alquiler


Fuente: Agencia EFE

El 72,5 % de las inmobiliarias reconoce que emplea formas explícitas de discriminación a la hora de alquilar viviendas a migrantes, y de las que no las aceptan la gran mayoría emplea tácticas "indirectas y ocultas", como pedir exceso de documentación o engañar sobre la disponibilidad del inmueble.

Son datos del estudio "¿Se alquila? Racismo y xenofobia en el mercado del alquiler", realizado por Provivienda para analizar la discriminación que sufren las personas extranjeras para acceder y mantener una vivienda en alquiler en España.

Los responsables del informe concluyen: "Apenas encontramos inmobiliarias que rechacen cualquier forma de discriminación por motivo de origen".

La investigación, realizada con casi un millar de llamadas solicitando alquiler en 293 agencias de Madrid, Alicante, Barcelona y Granada y financiada por la Secretaría de Estado de Migraciones, concluye que "en España la discriminación es un fenómeno normalizado" y que "la discriminación es uno de los elementos de exclusión residencial".

"Siete de cada diez agencias inmobiliarias han aceptado la condición del propietario de no hacer contratos de alquiler a migrantes", ha explicado el director general de Provivienda, Eduardo Gutiérrez Sanz.

El porcentaje es algo inferior en Barcelona, que podrían estar asociados a la apertura del primer expediente sancionador por parte del Ayuntamiento de la ciudad por motivos de discriminación residencial, añade.

"Son necesarias medidas punitivas que disuadan, al menos, de las formas más visibles y explícitas de discriminación", ha explicado Gutiérrez, "porque este tipo de comportamientos están normalizados".

En el resto de las inmobiliarias -esas tres de cada diez que no acepta de forma explícita discriminar- el 81,8 % practica otras formas indirectas y ocultas.

Las agencias piden un exceso de documentación requerida, un incremento de las garantías exigidas, engaños sobre la disponibilidad de las viviendas, unido al uso de excusas, y la presentación de cláusulas abusivas en la formalización de contratos de alquiler.

De manera complementaria, cuando se trata de la sostenibilidad de un alquiler residencial, la discriminación se presenta en forma de conflictos vecinales, hostilidad en las relaciones con los propietarios y en un déficit en las características de habitabilidad de las viviendas.

Así, "a igualdad de condiciones entre perfiles, tomando como unidad de convivencia la formada por dos personas adultas y dos menores dependientes, a la población migrante extracomunitaria se le niega en mayor medida la disponibilidad de pisos en el primer contacto", ha señalado el investigador Esteban Buch.

Entre las causas que explican la discriminación por origen, están la estigmatización racial y cultural que se activa al oír el acento o el idioma de la persona que quiere alquilar o al ver la indumentaria y los rasgos raciales.

Pero también hay factores relacionados con la aporofobia o estigmatización de la pobreza; la presunción de un bajo nivel socioeconómico de las personas extranjeras condiciona también el trato que se recibe, señala el estudio.

"Muchos de ellos se ven obligados a vivir en infraviviendas y a sufragar gastos de reparaciones de la vivienda si quieren conservarla y en otros casos los propietarios se niegan a reparar como elemento de acoso para que se vayan", ha añadido el investigador, quien ha recordado que algunos migrantes "se vieron obligados a mantener empleos informales poniendo en riesgo su salud y la de su familia para pagar la vivienda".

Entre las recomendaciones destaca la importancia de aprobar una ley integral de igualdad de trato y contra la discriminación, impulsar programas de mediación de alquiler y el reconocimiento de buenas practicas inmobiliarias.

Además, reclama políticas públicas de vivienda, estrategias preventivas de acompañamiento y asesoramiento, impulsar los servicios de mediación de alquiler y crear bolsas de viviendas en alquiler asequible. EFE

Especial MCI Día de las Escritoras


 
El 19 de Octubre se celebra este año el #DíadelasEscritoras para reivindicar y visibilizar el papel de la Mujer en la literatura ayer y hoy, y desde luego desde MCI nos sumamos con este programa especial, siempre luchando por la la igualdad de derechos y contra el machismo en todas sus manifestaciones y en todos los ámbitos.

Onda Verde

miércoles, 28 de octubre de 2020

El alumnado español destaca por su Tolerancia según el Informe PISA

 




Fuente: 20 Minutos

Los alumnos españoles tienen una actitud más respetuosa y positiva hacia las personas migrantes que la media de la OCDE y les gusta aprender sobre otras culturas, según elinforme PISA 2018 Competencia Global, que analiza por primera vez la capacidad de los estudiantes para actuar por el bienestar colectivo.

En los informes educativos PISA, España no suele llegar a la media de la OCDE en Matemáticas y Ciencias, incluso empeoró en 2018 cuando, además, no se le pudo evaluar en Lectura por incidencias en las respuestas.

Sin embargo, en este nuevo estudio hemos quedado, en general, por encima de la media de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos, superando en 13 puntos la media en cuanto a la capacidad para desenvolverse en un mundo interconectado y el 68 % del alumnado español alcanza o supera el nivel básico de rendimiento.

 

Precisamente “¿Están los estudiantes listos para prosperar en un mundo interconectado?” es el nombre del informe publicado este jueves con las respuestas de los alumnos de 15 años, recogidas para PISA 2018 y basadas en una prueba cognitiva y en un cuestionario de contexto.

Los estudiantes españoles han demostrado tener “un interés significativamente mayor en aprender sobre otras culturas y tener respeto por las personas de otras culturas” que la media de la OCDE, aunque expresaron una actitud menos positiva en aspectos relacionados con cuestiones globales.

En concreto, España (con un valor positivo de 0,38) es el país en el que el alumnado muestra mayor grado de respeto por las personas de otras culturas, por delante de Canadá (0,30) y de Escocia (0,25). En el otro extremo se encuentran Hungría (-0,54) y Bulgaria (-0,51), ha destacado el Ministerio de Educación en una nota.

España es también el país en el que alumnado acredita una mayor adaptabilidad cognitiva (0,28), definida como la capacidad de amoldar el pensamiento y el comportamiento propios al entorno cultural predominante o a contextos novedosos. El alumnado con menos adaptabilidad cognitiva se encontraría en Italia (-0,33), Grecia (-0,29) y República Eslovaca (-0,26).

España obtiene un rendimiento medio de 512 puntos de capacidad global, trece puntos más que la media OCDE (499), por detrás solo de Canadá (554) y Reino Unido (534).

Por comunidades, las que mayor puntuación obtienen son Castilla y León (534 puntos), Asturias (527) y Cantabria (526) y las que menor Extremadura (499), Melilla (473) y Ceuta (438).

Preparados para un mundo más diverso

“Es positivo que los alumnos españoles de 15 años estén preparados para un mundo mucho más diverso y globalizado, que tengan una actitud positiva respecto a los inmigrantes y toda la contribución que realizan los inmigrantes a la sociedad, en particular en un país camino del envejecimiento como España”, asegura el profesor de Economía Aplicada de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid y exdirector del Instituto Nacional de Evaluación Educativa (INEE) del Ministerio de Educación, Ismael Sanz.

Estos resultados “compensan en parte” los registrados en PISA 2018, subraya Sanz, que recalca que esta Competencia Global “evalúa la medida en la que los alumnos valoran el bien común, empatizan con los problemas de los demás, están preparados para un mundo mucho más diverso y son conscientes de los retos que plantean problemas mundiales como el cambio climático”.

Para Sanz, las críticas a PISA sobre que no tenía en cuenta competencias importantes han hecho que la OCDE mida también, junto con Matemáticas, Lectura y Ciencias, otras competencias transversales “muy importantes”.

Por otro lado, en todos los países estudiados, incluido España, menos en Hong Kong (China), Macao (China) y Vietnam, las chicas demuestran mejores respuestas hacia los inmigrantes que los chicos.

Los alumnos españoles, como los de otros países con pasado inmigrante, mantienen mejores actitudes hacia los migrantes que los que no han nacido en España.

En general, el 85 % de los alumnos de los países de la OCDE consideran que los jóvenes inmigrantes deben tener las mismas oportunidades de educación que el resto de estudiantes de un país; el 80 % contesta que los mismos derechos; el 76 % está de acuerdo con que tengan las mismas oportunidades para continuar con sus costumbres y manera de vivir; y un 72 % cree incluso que si llevan varios años en un país tendrían que poder votar.

Estos resultados muestran que los estudiantes tienden a ser más positivos cuando se trata de derechos universales, como la educación, pero menos si se tocan temas relacionados con la identidad o los derechos políticos como el voto.

No obstante, se afirma que la actitud de los padres hacia los inmigrantes también influye en la de sus hijos.

Otro tema es la actitud hacia los idiomas y, en general, las chicas tienen más probabilidades de hablar varios idiomas que los chicos.

Y los estudiantes inmigrantes tienen más probabilidades de hablar dos o más idiomas que los nativos de un país, algo que no ocurre sin embargo en España, Costa Rica y Malta.

En cuanto a los docentes, España también se encuentra entre los países de la OCDE que aportan una actitud más positiva hacia las creencias multiculturales.

martes, 27 de octubre de 2020

Juegos Educativos

 
                        

Recuerda que están disponibles en Educatolerancia.com toda una selección de juegos didácticos para profundizar y reflexionar sobre la Tolerancia, la Interculturalidad, la Diversidad Cultural, etc. Y para acompañar estos juegos puede encontrar también en la web material de análisis y audiovisual que te darán algunas pistas para tener éxitos en los juegos y en la convivencia.


Tertulias en Onda con Café: Las Kellys Madrid


Educatolerancia

Una semana más, la propuesta radiofónica de ‘Tertulias en Onda con Café, un espacio radiofónico de Movimiento contra la Intolerancia, subvencionado por el Ayuntamiento de Madrid, recibimos a la Asociación Las Kellys Madrid. Escuchamos la situación que vive este colectivo de mujeres camareras de piso y nos unimos a su lucha y reivindicaciones.

Escuchalo aqui en Onda Verde

lunes, 26 de octubre de 2020

Exposición "Descubre Sefarad"

 

La Fundación Tres Culturas presenta la versión virtual de exposición 360 ‘Descubre Sefarad’

Coproducida por la Red de Juderías de España, una asociación pública sin ánimo de lucro, que tiene como objetivo la defensa del patrimonio urbanístico, arquitectónico, histórico, artístico y cultural del legado judío sefardí en España, que viene desarrollando desde 1995 proyectos culturales y turísticos, e intercambiando experiencias nacionales e internacionales.

A través de una veintena de imágenes en esta exposición se muestra la contribución de la cultura judía a la cultura española, trazando al mismo tiempo un recorrido por la labor de la Red de Juderías de España que tiene como objetivo principal la conservación y difusión del patrimonio judío tanto material como inmaterial.

Para empezar el recorrido virtual 360 pincha aquí



26 octubre: Día de la Visibilidad Intersex

Asociación Andriano Antinoo

El 26 de octubre es el día de la Concienciación Intersexual (Intersex Awareness Day). En esta fecha, en 1996, tuvo lugar la primera demostración pública por activistas de la Intersex Society North America. Una realidad totalmente desconocida por la sociedad, por eso qué mejor que aprovechar esta ocasión para poner nombres y apellidos a esa I tan poco visibilizada y poner sobre la mesa las reivindicaciones de tantas personas con situaciones y necesidades muy diversas. 

¿A qué nos referimos cuando hablamos de intersexualidades?
Utilizamos el término intersexualidades (en plural) para nombrar a un abanico muy amplio de variaciones corporales –posibles y naturales– que subvierten las normas establecidas por el esquema binario. Las personas intersex nacemos con una anatomía reproductiva o sexual —genitales, gónadas, niveles hormonales, o cromosomas— que no encajaría en las definiciones típicas de cuerpos masculinos o femeninos. Algunas de esas características sexuales, normalmente cuando hablamos de genitales, sí son visibles cuando nace una criatura mientras que otras no se descubren hasta la pubertad, o incluso más adelante. De hecho, en algunos casos los rasgos no suelen ser visibles en la apariencia externa (el fenotipo). Por otro lado, como nos recuerda la activista intersex francesa M, en una entrevista publicada en este medio, “ser intersex también supone haber conocido –vivido– una negación social, tener un cuerpo que ha sido rechazado a nivel social por una definición clínica. Esto implica un abanico de negaciones sociales de la diversidad, desde la ausencia total de representaciones culturales hasta los tratamientos clínicos impuestos. Mi cuerpo no existe dentro de ese sistema binario. Por eso es político, porque habla de esas experiencias sociales a raíz de que nuestros cuerpos han sido rechazados”.

¿Intersex puede ser también una identidad?
Para Cristina R., actriz intersex, “independientemente de las características sexuales que tengamos cada persona nos podemos identificar con una identidad de género diferente y vivir diversas orientaciones del deseo sexual, que en ningún caso son excluyentes, sino flexibles y comunicantes. Al mismo tiempo, aunque las intersexualidades definen nuestras anatomías y, a priori, no nuestro género –aunque las intervenciones médicas y sociales insistan en lo contrario–, es cierto que también pueden ayudar a identificarnos, a aliarnos para luchar contra las violencias, y a complejizar y embellecer el género, históricamente binario y marcado por el patrón cisheteronormativo. Esto es, el sexo, así como el género y el deseo, son hermosamente complejos y fluidos”.

¿Demandamos una tercera categoría?
En el ámbito europeo, las organizaciones intersex están en contra de que exista una tercera categoría para las personas intersex en las identificaciones estatales. Como aclara M, “desde el Collectif Intersexes et Allié.e.s francés no queremos una categoría que continúe estigmatizando unos cuerpos y siga dando argumentos a equipos clínicos para seguirlos discriminando”. Activistas y colectivos intersex del Estado español nos sumamos a estas reivindicaciones y defendemos que no es una demanda que salga de nuestras voces. Aun así, respetamos y celebramos que se esté demandando por parte de otras identidades.

¿Cuáles son nuestras principales reivindicaciones?
Las principales demandas de la comunidad intersex internacional son acabar con los tratamientos no consentidos y no necesarios –tratamientos hormonales, diagnósticos, cirugías– y luchar contra la patologización de los cuerpos que no encajan en la norma binaria.

En el Estado español, según afirma la jurista intersex Lilith Martí, “es necesario contar con una ley orgánica que trate la violencia hacia las personas intersex desde un punto de vista interseccional y transversal, siguiendo como ejemplo el prólogo de la Ley Orgánica 1/2004 contra la violencia de género. Es decir, tratar el ámbito educativo, sanitario, jurídico, social, y/o laboral. Existe un sistema de discriminación estructural hacia las personas intersexuales y es importante establecer los mecanismos necesarios para que se entiendan como discriminaciones por razón de sexo”.

A escala sanitaria, continúa Martí, “lo más urgente es poner fin a las mutilaciones genitales y a las intervenciones no consentidas hacia menores intersex; los protocolos médicos deben cambiar y acabar con las cirugías normalizadoras y las prácticas invasivas siempre que no sea por motivos estrictos de salud y dejando de lado las intervenciones estéticas basadas en estereotipos de sexo”. En la misma línea, Camino Baró, como psicoterapeuta intersex, aboga por la existencia de equipos multidisciplinares dentro de los hospitales “para que cualquier propuesta de intervención, cirugía o procedimiento genital y hormonal sea previamente supervisado por un comité ético que cuente con expertas en género y en diversidad afectiva-corporal y con conocimientos en el desarrollo del trauma en menores y personas adultas. Además, las familias y las criaturas tienen que ser plenamente informadas, saber los efectos de cirugías, revisiones o tratamientos, y estar lo suficientemente empoderadas como para tener capacidad de decisión y elección”.

Asimismo, reivindicamos la plena autonomía sobre nuestros cuerpos y la necesidad de que, como nos traslada Camino Baró, se reconozca “la belleza de los cuerpos intersex, su capacidad para desear y ser objeto de deseo –aunque no se ajusten a los arquetipos binarios tradicionales de género– y respetar las múltiples orientaciones sexo-afectivas que puedan expresarse en el futuro, sin dar por supuestos patrones cisheteronormativos que se acompañen de cirugías innecesarias”. Ana Belén Francia, activista intersex, insiste en que “nada en la naturaleza es excluyente, la sexualidad es un espectro y biológicamente todes estamos en diferentes puntos de esa escala de diferenciación. Nuestra existencia cuestiona a las personas que defienden que en la biología sólo existen dos realidades y se niegan a ver que existen tantas posibilidades como gente hay en el mundo”.

En el espacio educativo, Baró y Francia están de acuerdo en que “en los contenidos de libros de texto de primaria y secundaria, tienen que incluirse las intersexualidades como una posibilidad más de los cuerpos y no como una patología”. Por eso, todos los centros educativos deberían contar con protocolos de actuación para el acompañamiento a menores intersex. De esta forma se evitaría el tabú garantizando la igualdad y la no discriminación de las criaturas. Para ello, sería necesario una asignatura obligatoria en educación sexual y que la comunidad educativa tuviese formación en diversidad de género y sexualidad.

Otra de las demandas fundamentales tiene que ver con la urgencia y los plazos para inscribir a un bebé recién nacido en el registro civil. Según Lilith Matí, “actualmente, el plazo es de 72 horas o de 30 días si se acredita una causa justificada. En ese plazo, y en el caso de que la criatura naciera con una intersexualidad visible, los familiares se ven obligados a decidir qué casilla marcar: sexo femenino o masculino. Para dar solución a esta situación, algunos juristas defienden que debería existir una tercera casilla mientras que para otres, como es mi caso, la solución sería plantearnos si estas casillas son realmente necesarias o deberían eliminarse. ¿Por qué tenemos que incluir el sexo en el DNI?”.

Asimismo, tenemos que acabar con las discriminaciones que sufrimos también en el ámbito laboral y deportivo. Un ejemplo de ello es la orden recogida en el Boletín Oficial del Estado por la que las «disgenesias, hipogenesias y agenesias gonadales y genitales» son motivos suficientes para que una persona quede excluida del Ejército y de la Guardia Civil, a pesar de que está demostrado que no supone ningún impedimento para desempeñar estos trabajos. Por otro lado, según explica el investigador y aliado Dau García en este artículo, “sobre las mujeres deportistas no solo recae este peso de la dualidad de género y del sexismo, también la vigilancia de la dualidad sexual”. Como ocurrió con la vallista María José Martínez Patiño en los 80, se siguen haciendo “controles médicos sexistas para probar que son ‘verdaderas mujeres’” para que existe una coherencia entre sexo, género y deseo.

Por último, como nos recuerda Cristina R. –integrante del colectivo escénico `Que no salga de aquí´ y de su última obra `Hermafroditas a caballo o la rebelión del deseo´– “también algunas de nosotras trabajamos para que desde las disciplinas artísticas haya referentes potenciales que nos permitan pensar, imaginar y embellecer nuestros cuerpos, generando así nuevos imaginarios de deseo que pongan en jaque los dominantes y faciliten relaciones (con nuestros cuerpos y los de las demás) más sanas, justas y placenteras”. Asimismo, estamos trabajando en el desarrollo de planes, formaciones y en la elaboración de campañas para diferentes instituciones y organizaciones.

¿Por qué es necesaria una comunidad intersex?
Yolanda Melero, psicóloga sanitaria y activista por la visibilidad intersex, habla de la importancia que tiene crear comunidad y agruparse para salir del tabú, “las asociaciones son fundamentales porque nos ayudan a encontrarnos con iguales, con espejos y referentes. Además, podemos compartir nuestras experiencias, hablar de nuestras diferencias, acabar con el secretismo, dejar de sentirnos bichos raros o sentir que tenemos un lugar en la sociedad. También nos sirven para reividincarnos, hacer fuerza y luchar por nuestros derechos a nivel político y social”. En la actualidad, los grupos y asociaciones más implicados en el activismo intersex dentro del Estado español son la Organización Intersex por la Diversidad Kaleidos; en Andalucia, Krisol Pro Derechos Humanos Intersex, dentro de la Asociación Adriano Antinoo; y en Canarias, Caminar Intersex; además de GrApSIA, asociación y grupo de apoyo de ámbito estatal, que orienta y reúne a personas jóvenes o adultas y a sus familias desde el año 2000. Por último, me gustaría mencionar a la comunidad LGTBIQ+, que ha sido siempre un espacio de apoyo, de seguridad y de activismo político para las personas intersex. Compartimos discriminaciones y fobias y luchamos contra un mismo enemigo que nos oprime, excluye e invisibiliza: la matriz heterosexual y el sistema binario.

¿Existe una fecha internacional de celebración y visibilidad?
Existen dos días clave para seguir exigiendo que se respeten los derechos humanos de la comunidad intersex. Por un lado, el 26 de octubre es el día de la Concienciación Intersexual (Intersex Awareness Day). En esta fecha, en 1996, tuvo lugar la primera demostración pública por activistas de la Intersex Society North America, mientras se celebraba la conferencia anual de la sociedad americana de pediatría en Boston. Por otro lado, el 8 de noviembre celebramos el día de Solidaridad Intersexual (Intersex Remembrance Day). Ese mismo día, pero en 1838, nacía Herculine Barbin. Su testimonio fue el primero, escrito en primera persona, del que tenemos constancia y que vio la luz gracias a Michel Foucault.

Una última reflexión.
Me gustaría concluir con esta cita de Ana Belén Francia: “Las intersexualidades son colores. Dejar de ver el mundo en blanco o negro para abrir los ojos a la realidad de la diversidad de la naturaleza. Son conocimiento de la sexualidad, de nuestros cuerpos. Son liberación, apertura, reconocimiento, verdad, encuentro y abrazos entre las que siempre nos hemos considerado bichas raras; para dejar de serlo, para sentirnos orgullosas de serlo. Las intersexualidades son revolución”.


sábado, 24 de octubre de 2020

Homenaje a Rosa Parks

 



Un día como hoy, 24 de octubre, falleció Rosa Parks. Su “no” cambió la historia de Estados Unidos. Rosa Parks, la mujer negra que se levantó sentándose, la modista de Montgomery que se opuso en 1955 a ceder su asiento del autobús a un pasajero blanco, es uno de los símbolos del movimiento que llevó a la comunidad afroamericana de Estados Unidos más cerca de la igualdad. No te olvidamos Rosa.


viernes, 23 de octubre de 2020

Especial radiofónico por la erradicación de la Pobreza


 Regresamos con un nuevo Especial Radiofónico de Movimiento contra la Intolerancia. En esta ocasión lo hacemos con motivo de la conmemoración el pasado 17 de Octubre del Día Internacional para la Erradicación de la Pobreza. Y es que en la actualidad millones de personas viven aún en la extrema pobreza, teniendo en cuenta que no es solo una cuestión económica, sino una situación más compleja que lleva a estar personas a vivir en una situación de preocupante vulnerabilidad. 

Quédate con nosotros y ponle voz a la lucha.